MEDELLÍN, COLOMBIA, SURAMERICA No. 312 SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 ISNN 0124-4388
El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia promulgó la Resolución No. 1440 de 2024, que introduce importantes ajustes a la Resolución 5185 de 2013, la cual regula el estatuto de contratación de las Empresas Sociales del Estado (ESE). Esta nueva normativa busca mejorar la transparencia, eficiencia y objetividad en los procesos de contratación, especialmente en aquellos financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación.
Vale recordar que el sistema de contratación de las entidades estatales en Colombia generalmente se rige por el derecho público, conforme a las normativas establecidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013, entre otros. Este marco normativo refleja la dispersión de reglas que caracteriza la contratación pública.
Sin embargo, el legislador, en un acto acertado, reconoció que el procedimiento contractual para ciertas instituciones debía estar alineado con el derecho privado. Esto se establece específicamente en el numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, el cual otorga a estas entidades la opción de utilizar o no cláusulas exorbitantes. Este enfoque busca agilizar los procesos de selección de contratistas, dado el carácter esencial de los servicios de salud.
Uno de los cambios más significativos es la obligatoriedad de contratar la interventoría de proyectos de infraestructura mediante convocatoria pública. Esta medida tiene como objetivo garantizar la imparcialidad y una adecuada supervisión en la ejecución de obras de adecuación, ampliación y construcción.
Además, las ESE tendrán un plazo de dos meses para ajustar sus estatutos de contratación y manuales, conforme a las nuevas disposiciones. Los documentos actualizados deberán ser publicados tanto en las páginas web de las ESE como en la del Ministerio de Salud, asegurando así el acceso público a esta información.
La Resolución 1440 de 2024 establece la obligatoriedad de utilizar el módulo de régimen especial en la plataforma SECOP II para la presentación digital de propuestas. Esto refuerza la integridad y seguridad de los datos, previniendo la manipulación. Asimismo, cualquier solicitud de anticipos y pagos anticipados deberá estar justificada técnica y financieramente ante el Ministerio de Salud, con un límite del 15 % del valor total del contrato.
Dentro de los tres meses posteriores a la aprobación de los nuevos estatutos de contratación, el gerente o director de la ESE deberá actualizar los manuales correspondientes y publicarlos para garantizar su transparencia. Las modificaciones futuras también deberán ser divulgadas en un plazo de cinco días.
La resolución también introduce un comité de apoyo a la actividad contractual en los procesos de convocatoria pública. Este comité, compuesto por expertos en áreas jurídicas, financieras y técnicas, asesorará al ordenador del gasto en la adjudicación, modificaciones y prórrogas de contratos, siempre en línea con los principios constitucionales de transparencia, igualdad y eficiencia.
La adjudicación se realizará en audiencias públicas, donde podrán participar el gerente de la ESE, servidores públicos, proponentes y cualquier interesado. Las decisiones tomadas serán documentadas en un acta que formará parte del proceso de adjudicación.
El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) emitió una nueva resolución que modifica la Resolución 5185 de 2013, con el fin de optimizar los procesos de contratación en las Empresas Sociales del Estado (ESE). Esta actualización también busca mejorar la gestión contractual en proyectos de infraestructura y dotación biomédica financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación.
La Resolución 5185 de 2013 estableció los lineamientos para la contratación en las ESE, que son entidades públicas descentralizadas con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa. Sin embargo, con el tiempo se ha identificado la necesidad de realizar ajustes para garantizar mayor eficiencia y transparencia, especialmente en proyectos de gran envergadura.
Los principales cambios incluyen la modificación de los artículos 9, 10, 16 y 18 de la Resolución 5185 de 2013, que introducen mejoras en la fase de planeación y selección, como:
Fase de planeación: Los estudios y documentos previos son esenciales para tramitar los procesos de contratación. Estos deben incluir la necesidad del proceso, el objeto a contratar, autorizaciones, permisos, documentos técnicos en caso de diseño y construcción, justificación de la modalidad de selección, valor estimado del contrato, análisis de riesgos, requisitos de garantías, entre otros.
Fase de selección: La ESE deberá determinar la oferta más favorable según las normas aplicables. Se constituirá un Comité de Apoyo Contractual en procesos de convocatoria pública, responsable de recomendar la adjudicación, la disponibilidad presupuestal, y la verificación de otros aspectos críticos del proceso. Además, la adjudicación se realizará en audiencia pública, documentando todas las deliberaciones en un acta.
Fase de adecuación de reglamentos: La Junta Directiva de la ESE deberá adoptar un nuevo estatuto de contratación conforme a los lineamientos establecidos en la resolución dentro de los seis meses posteriores a su entrada en vigor. El gerente o director de la entidad contará con tres meses adicionales para ajustar los manuales de contratación.
Finalmente, tanto el estatuto como el manual de contratación deberán publicarse en la página web de la entidad o, en su defecto, en un sitio visible al público. Esta información también será publicada en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social, para asegurar la transparencia y acceso a la información relevante.
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