|
|
 |
| Reflexión
del mes |
|
"La
comunidad de bioéticos que ha surgido paralelamente a la
industria biotecnológica es, en muchos aspectos, un arma
de doble filo. Por un lado, ha cumplido una función extremadamente
útil al plantear dudas y cuestiones sobre la prudencia y
la moralidad de ciertas innovaciones tecnológicas. Por otro,
muchos bioéticos se han convertido en poco más que
justificadores sofisticados (y sofistas) de todo cuanto la comunidad
científica desee hacer, con conocimientos suficientes de
teología católica y de metafísica kantiana
para rebatir los argumentos de cualquiera que, partiendo de estas
tradiciones, mantenga una posición más enérgica".
|
|
|
El fin del hombre
(Consecuencias de la revolución biotecnológica).
(Este fenómeno es habitual y se conoce como "captura"
institucional. El grupo que supuestamente supervisa las actividades
de la industria, se convierte en agente de ésta...)
Francis Fukuyama (1952, Chicago). Politólogo estadounidense
de origen japonés. En su libro El fin de la historia
y el último hombre (1992), defiende la teoría
de que la historia humana como lucha entre ideologías concluyó,
y dio inicio a un mundo basado en la política y economía
neoliberal impuesta a las utopías tras el fin de la Guerra
Fría. Pero esto no significa que ya no sucederán
más cosas en la historia, porque ésta es determinada
por la ciencia, la cual no ha encontrado todavía sus límites:
en la actualidad sería el turno de la biología y
sus descubrimientos determinarán el futuro. Para algunos,
Fukuyama es un humanista que cree en la cultura, la ciencia y
la Ilustración como base moral capaz de desplazar a la
religión, y que a través de los derechos humanos
universales se puede llegar a unos deberes humanos igualmente
universales.
|
|
|
|
|
|
|
 |
| Polémica
sobre comparación de la teleterapia y la radioterapia
conformacional |
| En nuestra
edición de abril pasado, en la sección Opinión,
se publicó el artículo ¿Radioterapia
conformacional versus teleterapia?, del epidemiólogo
Álvaro Javier Girón. Publicamos ahora algunas
reacciones ante dicho artículo y la respuesta del autor. |
Medellín, mayo 17
de 2012
Respetados y apreciados miembros de la ACRO:
Con relación a la publicación No. 163 del periódico
El Pulso, quiero manifestar mi completo desacuerdo con la
conclusión que presenta el autor a partir de su propia
interpretación obtenida de un trabajo que realicé
hace algunos meses.
Creo que quienes trabajamos en el campo de la radioterapia
tenemos muy claras las diferencias entre sus técnicas,
el mejoramiento en la calidad de los tratamientos con las
tecnologías modernas, el esfuerzo enorme que debemos
hacer quienes estamos involucrados de una manera u otra para
avanzar en la modernización de la radioterapia. Por
eso creo que todos nosotros somos partidarios de que todas
las técnicas modernas en radioterapia sean debidamente
reconocidas y valoradas como es justo.
Quiero dejar claro que no participé en la autoría
del artículo, no fui consultado ni informado antes
de su publicación, y desconozco quién es el
autor que, con el respeto que merece, deja ver un desconocimiento
muy grande de lo que es la radioterapia.
Gabriel Murcia Cañón, Físico Médico
Medellín, mayo 22 de 2012
Asociación Colombiana de Radioterapia ACRO
Con suma preocupación, pero sobre todo con asombro
he leído el escrito del Dr. Girón publicado
en su periódico en el mes de abril acerca de la radioterapia.
Nada más alejado de la realidad. Mi intención
no es dar una cátedra en cuanto a la abismal diferencia
entre una RT convencional y una 3D o IMRT, pues basta con
leer las guías de tratamiento internacionales para
darse cuenta de esto.
Lo que pretendo resaltar es que el autor desconoce por completo
la disciplina de la Radioterapia, e ignora y minimiza el esfuerzo
tan grande que hemos hecho en Colombia por ofrecer una Radioterapia
de calidad, que cumpla los estándares internacionales,
así como el beneficio tan grande que han tenido nuestros
pacientes, en términos de curación y efectos
secundarios, al incorporar estas nuevas tecnologías.
Es claro que no se realizó una investigación
responsable al hacer este tipo de aseveraciones y recomendaciones
tan equivocadas, sobre todo tratándose de una enfermedad
catastrófica como el cáncer.
Quisiera recordarle al autor, que el concepto arcaico de "curar
a cualquier costo" ya no es válido y esa es la
razón del surgimiento de las técnicas modernas
en nuestra disciplina.
Marco Aurelio Angulo
Presidente, Asociación Colombiana de Radioterapia -ACRO-
Comentarios
Bogotá, mayo 18 de 2012
Respetado doctor Girón
1. Existe mucha validez en aspectos que usted define, como
que la intención de la radioterapia, sea conformal
o IMRT, es atacar tejidos de interés sin afectar los
órganos normales. Pero, ¿no es esto
la definición de la radioterapia externa con fines
curativos? Este es el fin de nuestras terapias, no importa
la técnica; por ejemplo, desde el uso del cobalto se
busca esto. Como ventaja para nosotros, las tecnologías
han avanzado haciendo esta meta un poco más plausible.
2. La tecnología involucrada en la IMRT es de punta,
se requieren multi-láminas (o micro-multiláminas)
dinámicas. Esto hace que nuestra labor como físicos
sea más delicada y compleja. Se requieren procesos
adicionales de calidad para garantizar que las distribuciones
de dosis son las adecuadas. Dichos procesos deben ser repetidos
con cierta periodicidad (usualmente mensual), ya que las unidades
monitor (o tiempos de "encendido" máquina)
son significativamente mayores que en las terapias 3D.
3. En el Instituto Nacional de Cancerología (centro
del que conozco su funcionamiento), se realiza un control
de calidad previo a cada tratamiento de IMRT que involucra
tiempo de máquina de 20 minutos, placas radiográficas
calibradas, phantoms, software analizador de placas y tiempo
de física de aproximadamente una hora.
4. En los procedimientos de IMRT se hace una adquisición
de imágenes tomográficas de TC para verificar
posicionamiento del paciente previo a cada tratamiento. Esto
hace que el tiempo de uso máquina se incremente en
más o menos 20 minutos. Esto no ocurre con los tratamientos
3D, donde solo se usan placas AP y LAT.
5. El personal que trabaje con IMRT debe tener altos niveles
de formación, sean médicos, físicos,
tecnólogos e incluso enfermería. Por estas y
más razones, no considero que su afirmación
sobre la igualdad de las dos técnicas sea
apropiada, no solo por la tecnología involucrada sino
por los tiempos de uso de los equipos, los controles de calidad
que son más estrictos, por la necesidad de personal
mejor formado y por la dedicación de los profesionales
involucrados.
Nathaly Barbosa, Física Médica |
 |
|
Precisiones sobre
comparación de
teleterapia y radioterapia conformacional
Álvaro Javier Girón Cepeda, MD
Epidemiólogo - elpulso@elhospital.org.co
|
En la edición
163 de abril de El Pulso, fue publicado mi análisis
e interpretación del Acuerdo 029 de la CRES en relación
con la cobertura de la radioterapia conformacional. Mi conclusión
fue: la radioterapia conformacional está incluida en
el POS. A tal conclusión llegué tras comparar
lo descrito en fuentes expertas sobre la teleterapia con acelerador
lineal, con simulador y planeación computarizada, y
la radioterapia conformacional.
El artículo no tiene pretensiones científicas,
sino de opinión. No obstante, se trata de una opinión
basada en criterios objetivos y una revisión de literatura
encontrada sobre los procedimientos diagnósticos en
cuestión. Igual, si fuese científico o de opinión
no pretendía ser la verdad última, pero si aspiraba
a no pasar inadvertido. ¡Por fortuna, lo logró!
|
 |
He recibido loas de unos y
críticas de otros. Entre los primeros están
aquellos que, como yo, renunciaron a mirar indiferentes las
interpretaciones restrictivas del Acuerdo 029 en contravía
de la garantía del derecho fundamental a la salud y
a la vida, haciendo caso omiso de su obligación de
aplicar el principio pro hómine que exige aplicar la
interpretación más favorable a la protección
de los derechos de las personas. Entre los segundos que, aclaro,
no son la antípoda de los primeros, están quienes
reclaman la existencia de diferencias entre ambas tecnologías,
aunque compartan características esenciales como: 1)
Son teleterapias, 2) Se mueven en el mismo rango energético,
3) Usan acelerador lineal, (4) Requieren planeación,
y (5) Requieren simulación. |
| Afirmaba en el
artículo que existen criterios implícitos irrenunciables
en las normas que regulan la definición del contenido
de los planes de beneficios, pues inciden en la toma de decisiones
sobre cuál actividad, procedimiento o intervención
se encuentra o no cubierta para una población en particular.
Mencioné como ejemplo de criterios implícitos
la denominación genérica de muchas actividades,
procedimientos e intervenciones, así como la equivalencia
o la igualdad técnica de dos o más términos
o denominaciones. Ambos criterios los usé para concluir
que por cuanto la radioterapia conformacional y la teleterapia
comparten características técnicas esenciales,
fundamentales, como la fuente externa, el mismo rango energético,
el acelerador lineal, la planeación y la simulación,
por ende, son técnicamente iguales. En esto radica
el desacuerdo. En atención a los detractores, ilustro
a profundidad mi postura. |
 |
Reitero que
lo concluido resulta del uso de criterios de interpretación,
explícitos e implícitos en la norma para la
definición de contenidos del POS y de los responsables
de su garantía. El Acuerdo 029 del 28 de diciembre
de 2011, de la CRES, que define, aclara y actualiza integralmente
el Plan Obligatorio de Salud, en el numeral 1 de su Artículo
3, Nomenclatura, acude a la Clasificación Única
de Procedimientos en Salud (CUPS), en los términos
de lo dispuesto por la resolución 1896/01 y demás
normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, para
facilitar, precisar la operación y cumplir su objeto.
Una clasificación ordena o dispone por clases un conjunto
de elementos con caracteres comunes, teniendo por tanto cada
clase, algún grado de agregación. |
Este es el caso de las descripciones
contenidas en la CUPS, que utilizan distintos niveles jerárquicos
de agregación de las características comunes
partiendo de las más generales.
La clase más desagregada, denominada sub-categoría,
que define con mayor precisión y detalle el procedimiento
genérico con base en distintas variables, entre las
que no están sus costos, no alcanza, por fortuna, el
nivel de especificidad que permita incluir un único
elemento y excluir todos los demás. Si alcanzase tal
grado de especificidad, la gran dinámica del desarrollo
tecnológico permitiría excluir rápidamente
del POS un procedimiento por mínimas diferencias técnicas
con aquel que se encuentre en él descrito, y condenaría
cualquier clasificación a una muy corta vida. ¡Pretender
clasificar con tanto detalle, haría muy poco práctica
cualquier clasificación!
Es claro que al particularizar las características
específicas de una y otra de las tecnologías
en cuestión, podrían surgir diferencias entre
ellas. Sin embargo, no son esas especificidades las usadas
como descriptores en la clasificación. Por ello, es
obligatorio comparar con base y en el marco de sus contenidos.
En el caso que nos ocupa, las descripciones de teleterapia
con los Códigos 922401, 922405, 922409, 922413, 922417,
922421, 922425, 922429, 922433 y 922437, comparten características
genéricas que explican su agrupación bajo el
Tipo I, es decir, aquel que define a la que utiliza simulador
y planeación computarizada.
Dichas características comunes son esenciales a la
radioterapia conformacional. Por ello, en el marco de la clasificación
son técnicamente iguales, y, reitero, con el fin de
interpretar el alcance de la cobertura definida en el POS,
en estricta aplicación del principio pro hómine,
que exige aplicar la interpretación que resulte más
favorable a la protección de los derechos de las personas,
se concluye que la radioterapia conformacional está
incluida en el POS y no se le pueda considerar como tecnología
sustituta, por lo cual no está sujeta a homologación,
evaluación por Comité Técnico Científico
(CTC) ni recobro. |
| |
 |
|
|
Bioética
|
|
Precaución con
medicamentos biológicos
|
 |
Jorge
Fernando Delgado Restrepo Md – FACP - elpulso@elhospital.org.co
|
| Los
avances de la tecnología permiten que una nueva forma
de obtener sustancias con efectos benéficos en los pacientes
con determinadas enfermedades, como el cáncer, enfermedades
reumatológicas, enfermedades dermatológicas, sea
ahora posible. Antes se ofrecían sustancias de origen
vegetal, luego pasamos a las sustancias químicas y ahora
a los medicamentos biológicos o biotecnológicos. |
Estos últimos se obtienen a través de tecnología
recombinante en la que se usan técnicas de ingeniería
genética, lo cual implica todo un proceso diferente a
lo conocido por el cuerpo médico en la producción
de sustancias químicas usadas como medicamentos, y con
posibilidades de obtener sustancias con efectos no deseados;
de allí que el control sobre su producción deba
ser diferente y estricto, como también debe ser diferente
su control en la distribución y en el seguimiento fármaco-terapéutico.
Cuando se usa un medicamento por el profesional de la medicina,
son muchos los aspectos de regulación y control que la
industria farmacéutica debió cumplir para que
se pueda usar dicha sustancia en personas humanas; en el caso
de los productos biológicos es igual, pero los requisitos
son diferentes y de mayor envergadura debido a los requisitos
de fabricación.
La práctica médica se enfrenta a otro dilema,
y es el uso de medicamentos biosimilares: éstos equivaldrían
a los genéricos de los medicamentos de origen químico
y los cuales no crean mayor inconveniente, pero situación
diferente se presenta con los biosimilares, debido a los posibles
efectos que pueden presentarse en los pacientes a quienes se
les suministra los mismos en el manejo de una determinada patología.
Siempre que se emplean medicamentos, los pacientes están
sometidos a un riesgo de sufrir un efecto adverso por el mismo;
algunas veces éste puede ser sospechado y los medicamentos
biológicos no escapan a esta realidad: es así
como con su utilización, se pueden desarrollar reacciones
de hipersensibilidad.
Debido a los costos en salud, podría acudirse a los medicamentos
genéricos en caso de productos químicos, pero
en el caso de biológicos sería al uso de biosimilares.
Respecto de éstos hay una gran responsabilidad de la
autoridad sanitaria en el adecuado control para permitir su
mercadeo, pues los requisitos deben ser más exhaustivos
por lo requerido para su producción.
Por las consideraciones anteriores, el uso de medicamentos biológicos
debe ser una ardua tarea del profesional, saber el tipo de biológico
usado, conocer la calidad de manufactura, realizar una adecuada
farmacovigilancia y hacer un adecuado seguimiento clínico
del paciente, siempre pensando en la seguridad del paciente,
una persona, la cual es la razón de ser de la medicina.
|
| NOTA:
Esta sección es un aporte del Centro Colombiano de Bioética
-Cecolbe-. |
| |
 |
 |
 |
Maestro, ¿qué es eterno?
|
|
La
corrupción en Colombia y la doble moral del gobierno
de Estados Unidos. Encontré en tibet.com que el Departamento
de Estado denunció que siguen las intimidaciones a
jueces, magistrados y testigos, los asesinatos de defensores
de derechos humanos, periodistas, profesores y sindicalistas,
y que sólo hay 10 condenas desde 2005, con la Ley de
Justicia y Paz, por 53.000 crímenes -entre ellos 46.000
asesinatos-. Y han sancionado a 393 militares por ejecuciones
extrajudiciales
Eterna también la doble moral
de los gringos, que hacen cosas iguales y hasta peores.
|
 |
|
 |
|
|
| |
|
|
|
|