MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 12    No. 146  NOVIEMBRE DEL AÑO 2010    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


Mundo del medicamento
Uso del doble lenguaje en
relación con falsificación de medicamentos

Luis Guillermo Restrepo Vélez - Químico farmacéutico - elpulso@elhospital.org.co
¿Quién en sus cabales se atrevería a decir que la falsificación de los medicamentos no es un problema de salud pública? Sin embargo, el término se refiere a dos dimensiones distintas relacionadas con los productos para la salud:
De un lado el aspecto sanitario que obviamente sí que preocupa, y de otro, el de la protección de la propiedad intelectual, cuya relación con la salud es ambigua, y muchas veces, antagónica.
Esta confusión de términos, con la que fácilmente se terminan defendiendo prebendas comerciales en nombre de la salud pública, facilitó los grandes cambios que durante las últimas tres décadas ha tenido la normatividad en propiedad intelectual, porque se sostiene que los altos precios que a menudo derivan de la reducción de la competencia que los derechos generan, serían retribuidos con nuevos y mejores productos, y con una garantía de la calidad de los mismos.

Con la idea de que la competitividad de algunos países -dependiente de la tecnología y creatividad- debería ser protegida adecuadamente en todo el mundo, se incluyó el Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, como uno de los acuerdos obligatorios para los países que quisieran integrarse a la Organización Mundial del Comercio, creada en 1994. La discusión sobre las disposiciones de Propiedad Intelectual que constituyen el mínimo al que todos los países se comprometen no fue fácil, debido a las fuertes controversias en relación con su alcance y su impacto, especialmente en el campo de la salud pública y el acceso a medicamentos, que aún persisten.
Sin embargo, pese a que resulta cada vez menos claro que el aumento de medidas de protección de la propiedad intelectual que beneficia los intereses comerciales de las grandes industrias, siempre coincida con los intereses públicos y con la protección del derecho a la salud de las personas, los países industrializados siguen impulsando sus puntos de vista a través de negociaciones comerciales fuera de la OMC, con grupos de países o con países específicos; en estas negociaciones, la constante es que las disposiciones de propiedad intelectual protegen cada vez más productos, durante más tiempo, y con menos capacidad por parte de los Estados para establecer limitaciones que les permitan proteger lo público en general y la salud en particular.
En la Organización Mundial de la Salud, organismo multilateral de carácter sanitario por excelencia, el tema de la falsificación de medicamentos es abordado desde 2006, desde el International Medical Product Anti-Counterfeit Taskforce (IMPACT), al cual se integró la Dirección General de ese organismo sin que mediase una directriz en tal sentido por parte de la Asamblea Mundial de la Salud.
El trabajo del IMPACT ha estado fuertemente influenciado por diferentes iniciativas contra la falsificación de medicamentos, que parten sin excepción, de una visión de protección de la propiedad intelectual, y no de una visión de protección de la salud como derecho fundamental. Este hecho llevó a que en la Asamblea Mundial de la Salud de 2010, una gran cantidad de países liderados por India y Brasil, cuestionaran duramente el papel que está jugando la OMS y expresaran su sensación de que la entidad se está convirtiendo en defensora de la observancia de medidas de protección de la propiedad intelectual, que incluso atacan las estrategias de genéricos promovidas por la organización (1).
A raíz de estas discusiones, la Asamblea Mundial de la Salud decidió establecer un grupo limitado en el tiempo y orientado a resultados, para que aborde el tema de los “productos médicos de calidad sub-estándar, espurios, de etiquetado engañoso, falsificados o de imitación” (2).
A pesar de la productiva discusión al interior de la Asamblea Mundial de la Salud, en busca de llamar las cosas por su nombre, persiste una grave amenaza a la producción y libre circulación de productos genéricos legítimos, que se concreta en el esfuerzo por definir nuevos estándares de aplicación mundial, utilizando una definición interesada y maliciosa del concepto de falsificación, representada en la negociación del denominado Anti Counterfeiting Trade Agreement (ACTA) / Tratado Comercial Anti Falsificación. Esta negociación que también está siendo fuertemente criticada por llevarse a cabo fuera de los organismos multilaterales y de manera secreta, está siendo liderada por Estados Unidos, Japón, Suiza y la Unión Europea.
Colombia no está exenta de ningún modo de esta discusión. Son muchos los artículos publicados, incluso en este mismo medio, en los que se vislumbran las posiciones frente al tema, y el país ya ha sido afectado con el decomiso de medicamentos legítimos que venían en tránsito a través de puertos europeos, bajo el argumento de que transgreden normas de propiedad intelectual. Por eso, cuando se aborde el tema de la falsificación de los medicamentos, habrá que hacerlo con este debate en mente.
Notas:
(1) Ver resumen de la discusión en: http://www.twnside.org.sg/title2/health.info/2010/health20100505.htm
(2) La discusión fue muy intensa, y no se zanjó con una Resolución, sino con una Decisión, que puede ser consultada en: http://apps.who.int/gb/ebwha/ pdf_files/WHA63/A63_DIV3-sp.pdf . Nótese que la palabra “counterfeit” fue traducida como imitación.

 
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