Nos referíamos en la Columna Jurídica del
mes de febrero, a la expedición por el Ministerio
de la Protección Social del decreto 4747, fechado
el pasado y de diciembre. Continuando con el análisis
de esta norma, llama la atención como en las definiciones
que adopta el decreto, en el literal f, incluye el Acuerdo
de voluntades, y lo define así:
Acuerdo de voluntades: Es el acto por el cual una parte
se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa.
Cada parte puede ser de una o varias personas naturales
o jurídicas. El acuerdo de voluntades estará
sujeto a las normas que le sean aplicables, a la naturaleza
jurídica de las partes que lo suscriben y cumplirá
con las solemnidades, que las normas pertinentes determinen.
Este literal llama la atención, por cuanto transcribe
el artículo 1495 del Código Civil y lo adiciona,
aclarando que el Acuerdo de voluntades está sujeto
a las normas que le sean aplicables. El Código Civil
denomina a este acuerdo de voluntades, como Contrato o Convención.
Así las cosas, no se entiende por qué ha de
hacerse en un decreto una aclaración como éstas,
cuando el ordenamiento legal vigente lo consagra. Ahora
bien, vista la totalidad del decreto que pretende dar orden
al caótico sistema de salud, esta definición
como las demás que allí se incluyen, facilitan
al lector la referencia, más aún cuando quienes
consultan no tienen formación jurídica.
La norma fija una serie de requisitos mínimos que
deben tener estos contratos, y a fe que si se cumplen, facilitarán
el proceso de atención y el reconocimiento del valor
de los mismos al prestador.
Se resalta también la información general
de la población objeto de atención, así
como los procesos de referencia y contrarreferencia de los
pacientes, información que debe poderse consultar
en línea so pena de tener plena validez el último
registro, sin posibilidad de glosa por esta razón.
Estas normas conducirán a que los contratos o acuerdos
de voluntades, además del clausulado general, tengan
todo un manual que ha de ser complementado una vez se expida
el manual de glosas anunciado.