Las aseguradoras o Empresas Administradoras de Planes de
Beneficios (EAPB: Entidades Promotoras de Salud -EPS- y Administradores
del Régimen Subsidiado -ARS-), aumentaron desde el
1º de enero del presente año el valor de las cuotas
moderadoras y copagos y sus topes máximos, de acuerdo
con el incremento de 5.56% en el Salario Mínimo Mensual
Legal Vigente (SMMLV), quedando en firme las siguientes pautas:
Copago régimen
contributivo
Cuota moderadora
En el Seguro Social,
en el rango salarial más bajo se encuentra el 73% de
la población afiliada, un 21% de afiliados está
en el rango salarial medio y un 6% cotizan a salud sobre más
de 5 salarios mínimos.
Para el régimen subsidiado el sistema de copagos es:
Copago régimen
subsidiado
Recorderis
El artículo
187 de la Ley 100/93 se refiere a la expresión pagos
moderadores (llamados frecuentemente pagos compartidos), para
referirse de manera agrupada a las cuotas moderadoras y copagos.
El Acuerdo 260 de 2004 reglamentó el pago, con un fuerte
aumento en el régimen contributivo, en busca de disminuir
el incremento de la UPC-C (Unidad de Pago por Capitación
Contributiva), y lograr la viabilidad financiera del sistema
.