MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 6    NO 77   FEBRERO AÑO 2005    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co

 

La Ley 931 de 2004

Con broche de oro cerró el año el Congreso de la República y el gobierno nacional, con la sanción de la Ley 931 de diciembre 30 del año que terminó, mediante la cual se pretende proteger el derecho al trabajo de las personas de mayor edad.
El Estado colombiano viene de tiempo atrás interesado en la modificación del régimen pensional, fundamentalmente en dos aspectos vitales: uno, la edad para entrar a disfrutar este beneficio, y dos, la cotización que debe hacer el trabajador activo para acceder a ese derecho.
Todas estas decisiones se han de fundamentar obviamente en el tema del empleo, pues si bien es cierto que los aspectos arriba anotados son importantes, si los ciudadanos no logran acceder al trabajo que le permita cotizar a la seguridad social, no será posible esa pensión, independientemente de la edad o la clase de régimen que se establezca.
No obstante lo anterior, esta norma por lo menos pone ya obstáculo a las limitaciones que por razón de la edad del candidato se establecían a las invitaciones a participar en procesos de selección en las empresas; queda ahora pendiente la forma como se ha de exigir el cumplimiento de la misma, pues no es nuevo en la legislación el tema de la edad, como quiera que ya había sido tratado por la legislación laboral, sin mucha fortuna por cierto. Es así como la Ley 15 de 1958 obligaba a los empleadores con mas de 10 trabajadores, a tener una proporción no inferior al 10% del total de los trabajadores ordinarios, o del 20 % del personal calificado o especialistas, de dirección o confianza, mayores de 40 años, y el decreto reglamentario de la ley obligó a informar periódicamente al Ministerio de Trabajo el cumplimiento de esta obligación.
De cualquier forma, queda entonces pendiente el tema más preocupante, y es la apertura de nuevos frentes de trabajo, pues si esto no se da, no será posible el ingresar más ciudadanos a la actividad productiva, ya que los mayores no se retirarán hasta tanto no se les conceda la pensión, y cada día ésta se encuentra más lejos. Entonces, no será posible acceder a la pensión, amén de las limitaciones que puede acarrear el envejecimiento de la población laboralmente activa.

 

 









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