Con broche de oro cerró el año el Congreso
de la República y el gobierno nacional, con la sanción
de la Ley 931 de diciembre 30 del año que terminó,
mediante la cual se pretende proteger el derecho al trabajo
de las personas de mayor edad.
El Estado colombiano viene de tiempo atrás interesado
en la modificación del régimen pensional,
fundamentalmente en dos aspectos vitales: uno, la edad para
entrar a disfrutar este beneficio, y dos, la cotización
que debe hacer el trabajador activo para acceder a ese derecho.
Todas estas decisiones se han de fundamentar obviamente
en el tema del empleo, pues si bien es cierto que los aspectos
arriba anotados son importantes, si los ciudadanos no logran
acceder al trabajo que le permita cotizar a la seguridad
social, no será posible esa pensión, independientemente
de la edad o la clase de régimen que se establezca.
No obstante lo anterior, esta norma por lo menos pone ya
obstáculo a las limitaciones que por razón
de la edad del candidato se establecían a las invitaciones
a participar en procesos de selección en las empresas;
queda ahora pendiente la forma como se ha de exigir el cumplimiento
de la misma, pues no es nuevo en la legislación el
tema de la edad, como quiera que ya había sido tratado
por la legislación laboral, sin mucha fortuna por
cierto. Es así como la Ley 15 de 1958 obligaba a
los empleadores con mas de 10 trabajadores, a tener una
proporción no inferior al 10% del total de los trabajadores
ordinarios, o del 20 % del personal calificado o especialistas,
de dirección o confianza, mayores de 40 años,
y el decreto reglamentario de la ley obligó a informar
periódicamente al Ministerio de Trabajo el cumplimiento
de esta obligación.
De cualquier forma, queda entonces pendiente el tema más
preocupante, y es la apertura de nuevos frentes de trabajo,
pues si esto no se da, no será posible el ingresar
más ciudadanos a la actividad productiva, ya que
los mayores no se retirarán hasta tanto no se les
conceda la pensión, y cada día ésta
se encuentra más lejos. Entonces, no será
posible acceder a la pensión, amén de las
limitaciones que puede acarrear el envejecimiento de la
población laboralmente activa.