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Al Sisbén 3 nunca le toca
Carlos M. Ramírez R. Docente universitario y consultor
- elpulso@elhospital.org.co
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| Cuando
ya se acariciaba la cobertura universal para los colombianos
ubicados en los niveles I al III del Sisbén, porque el
gobierno siempre había insistido en que: primero
cobertura a todos y luego igualación de planes de beneficios,
a los 4,5 millones de colombianos ubicados en el nivel 3 del
Sisbén se les acaba de dar un golpe de desprotección,
en el cual quedarán peor que con el Posesito
del subsidio parcial y asumiendo copagos de hasta el 30% de
la tarifa del servicio (hoy dicho subsidio parcial lo tienen
450.000 de ellos, apenas un 10%). |
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El resto
acuden al cada vez más restrictivo subsidio a la oferta,
que tiene a los Departamentos del país en la más
aguda crisis financiera en salud de los últimos 15 años,
dejando en la red pública y privada de servicios la responsabilidad
estatal de su pago.
Veamos algunas características de esta franja media o
población sándwich: del total de 4,5
millones de personas en Sisbén 3, el 92% son urbanos,
ubicados la mayoría en las grandes conurbaciones del
país. Bogotá tiene 1,5 millones y Antioquia 1,1
millones (casi una cuarta parte del total nacional); de éstos
últimos, en el Valle de Aburrá residen 700.000,
y de ellos, 430.000 en Medellín. Cali tiene apenas 265.000,
y paradójico, Barranquilla sólo 68.000 y Bucaramanga
escasos 38.000.
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Lo
anterior quiere decir que en las últimas 3 ciudades,
la proporción de población Sisbén 1 y 2
es mucho mayor que en Medellín; en Cali, de cada 100
sisbenizados 77 son de nivel 1 y 2, mientras en Medellín
son 70%, por lo que se concluye que para dichas ciudades el
problema es menor.
La mayoría de los colombianos Sisbén 3, son informales
que están a merced de algún enganche coyuntural
-de meses- para afilarse al régimen contributivo. Son
los más golpeados por efectos de la desaceleración
económica y la pérdida de empleo: entre junio
de 2007 y junio de 2008 se perdieron 500.000 plazas de empleo
formal sin educación superior y se crearon 330.000 plazas
informales (1), siendo el área metropolitana de Medellín
la más golpeada por el fenómeno. Analistas laborales
advierten que el país se demorará más de
un semestre en crear empleos formales, entonces esta población
debería ser el foco de interés del gobierno y
candidatos presidenciales, pero todo indica que seguirán
en el olvido.
En cuanto a salud se refiere, la Ley 1122/07 después
de dos años de expedida, pretende enmendar el error del
subsidio parcial al POS-S con medidas progresivas, e instruye
al gobierno para que defina mecanismos e incentivos creativos
que permitan a dicha población tener cobertura continua.
Su artículo 14, literal d, dice: d) El gobierno
nacional reglamentará los mecanismos e incentivos para
promover que la población del nivel III del Sisbén
pueda, mediante los aportes complementarios al subsidio parcial,
afiliarse al régimen contributivo o recibir los beneficios
plenos del régimen subsidiado. Lo triste es que
desde abril del presente año, las personas del Sisbén
3 no pueden afiliarse al subsidio pleno (2), a pesar de que
muchos municipios, como es el caso de Itagüí, Envigado
y Sabaneta en Antioquia, tienen cupos suficientes para cubrirlos
y no se les permite. |
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Sería imperdonable
que con tanto recurso
disponible que no se presupuesta, y otro
tanto presupuestado que no se ejecuta, no se
actúe en sociedad entre las grandes ciudades y
la Nación, con una política real de mayor
ejecución de los recursos para reglamentar
mecanismos creativos de subsidios
parciales a la cotización para el
régimen contributivo.
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El
Acuerdo 415 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
(último Acuerdo del Consejo), publicado en septiembre
pasado, y que compila y regula totalmente el régimen
subsidiado de salud, sólo dice: La población
clasificada como nivel III del Sisbén, sin perjuicio
de lo previsto en el literal c) del artículo 14 de la
Ley 1122 de 2007, podrá recibir subsidios parciales o
realizar aportes complementarios al subsidio parcial, para afiliarse
al régimen contributivo o recibir los beneficios plenos
del régimen subsidiado, en los términos en que
lo defina el gobierno nacional en el marco del literal d) del
artículo 14 de la Ley 1122 de 2007. En síntesis,
la instrucción de abril mató la Ley 1122 y el
Acuerdo 415 deja viva la instrucción.
Propuestas
Para el año 2009 el país tiene financiados
23 millones de subsidios plenos, pero a la Base de Datos Única
de Afiliados (BDUA) no suben más de 19 millones, todos
ellos población Sisbén 1 y 2. Quedan disponibles
sin ejecutar 4 millones de UPC-S, equivalentes a ¡1,12
BILLONES DE PESOS! Con estos recursos se podría financiar
la igualación del Plan Obligatorio de Salud -POS- al
30% de los 19 millones afiliados, lo que cumpliría progresivamente
con la Sentencia T-760/08, y evitaría seguir en las vacilaciones
y medidas paliativas que se han dado hasta el presente al tema.
De los 19 millones que suben a la BDUA, no todos están
afiliados durante los 12 meses del año: por ello quedan
excedentes del régimen subsidiado. Las grandes ciudades
no ejecutan el 14% de los recursos presupuestados para el régimen
subsidiado, que equivalen a $0.25 billones de pesos año:
tan sólo con estos recursos para su población
Sisbén 3, daría un per cápita año
de $85.000. Si la densidad familiar de esta población
es 2,5 personas, se tendrían disponibles $225.000 año,
y con sólo estos excedentes, podría cotizarse
al régimen contributivo durante 4 meses del año,
o pagarse un seguro que cubra la cotización de estos
colombianos en caso de perder el empleo o el ingreso, en caso
de estar afiliados al régimen contributivo como independientes.
Tiene el gobierno un reto real que no da espera hasta el año
2011. Sería imperdonable que con tanto recurso disponible
que no se presupuesta, y otro tanto presupuestado que no se
ejecuta, no se actúe en sociedad entre las grandes ciudades
y la Nación, con una política real de mayor ejecución
de los recursos para reglamentar mecanismos creativos de subsidios
parciales a la cotización para el régimen contributivo,
que al menos desformalicen tanta precariedad y de
paso alivien la carga de los departamentos y el descaro con
la red de prestación de servicios, que no aguanta la
morosidad de una cartera inaceptable desde cualquier perspectiva
de análisis, cuando existen recursos que la atenderían
y la resolverían, así sea parcialmente.
En cuanto a la asignación de recursos para la salud y
al cumplimiento del derecho de los colombianos a la salud -definidos
claramente en sentencias racionales de la Corte Constitucional-,
estamos en el país con una política que por responsable
peca por temerosa: Uno no puede dejar de desayunar, por
no tener asegurado el pago del almuerzo.
Notas
(1). López, Hugo. El mercado laboral a nivel
nacional y local. Dilemas de corto y largo plazo.
Banco de la República, Medellín junio 23 de 2009.
(2). Instructivo Contratación Régimen Subsidiado
vigencia abril 2009 - marzo 2010. Dirección de Gestión
de la Demand,a MPS, marzo de 2009. |
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