MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 10    No. 131  AGOSTO DEL AÑO 2009    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 


“Debemos expedir
un POS con legitimidad”

Hernando Guzmán Paniagua - Periodista - elpulso@elhospital.org.co

“Tenemos claro que debemos expedir un POS con legitimidad, en los términos que establece la Sentencia, que escuche a los usuarios y profesionales de la salud, y dentro de las limitaciones presupuestales”, afirmó Martha Gualtero, comisionada y vocera de la Comisión de Regulación en Salud (CRES).
Indicó: “Estamos recibiendo información de los estudios del Ministerio de la Protección Social sobre el POS y llenándonos de razones para unas convocatorias que den participación a los usuarios y agremiaciones profesionales”. Explicó que “el Ministro, en su calidad de presidente del Consejo Nacional, remitió a la Corte Constitucional un cronograma donde se debe pensar en el tiempo que tardaría la elaboración del POS y la asimilación de los dos regímenes. Evaluamos la información que tenemos para dirigir la actuación al cumplimiento de nuestras funciones, tanto por la Ley 1122/07 como por la Sentencia T-760/08. Como la CRES lleva pocas semanas de integrada, sería apresurado dar una fecha para el cumplimiento de órdenes de la Corte que le competen, trabajamos en eso, pero también en organizar la entidad como unidad administrativa especial que es”.
Anotó: “De todas maneras, no podemos desconocer que nos condicionan las limitaciones presupuestales; el sistema de salud no es absolutamente ilimitado, tenemos que contar con estos límites de dinero para tomar decisiones y construir las incorporaciones”. Sobre la orden de unificar los planes de beneficios para niños y niñas, expresó: “Tenemos claros los plazos de la Corte, a no ser que ella misma los amplíe y trabajamos para cumplir el término del 1º de octubre. Para niños, niñas y adolescentes, esa obligación de cobertura, que dio un vuelco desde la Ley de infancia y adolescencia, debe consultar la problemática de salud y el perfil epidemiológico de los menores. Si se considera sólo una patología, por ejemplo, un caso de leucemia linfoide, debemos apuntarle a eso para garantizar una cobertura integral que permita la atención adecuada de esos menores. Si hablamos de desnutrición, tenemos que apuntar hacia allá. Lo importante es no descuidar los planes de salud pública ni actividades de promoción y prevención, determinantes en la protección a niños y niñas que indiscutiblemente les generarán mejores condiciones de vida”.
Sobre la cuestionada intervención del Ministerio de la Protección Social en funciones propias del Consejo de Seguridad Social en Salud, la vocera de la CRES afirmó: “No debemos de olvidar que la Comisión está integrada por los ministros de Protección (que la preside) y Hacienda, y 5 comisionados expertos, nombrados por el Presidente de la República; esas 5 personas preparamos las sugerencias para la toma de decisiones por la Comisión, en cumplimiento de funciones asignadas por la Ley 1122 y por la Sentencia T-760. No olvidemos que el Consejo tomaba decisiones de manera transitoria mientras se conformaba la CRES: no era una competencia de primera instancia sino supletiva”.
 
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