MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 7    NO 85    OCTUBRE DEL AÑO 2005    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co






 

 

Continúa el
ajuste a la Ley 100
Redacción El Pulso elpulso@elhospital.org.co
A casi dos años de haberse iniciado el pretendido proceso de reforma a la Ley 100 de 1993, por estos días continúa su trámite en la Comisión Séptima y Plenaria de la Cámara de Representantes el proyecto de ley 052 de origen gubernamental aprobado en segundo debate en el Senado de la República el pasado 20 de septiembre, proyecto que más que una reforma a la reforma del 93 hace algunos ajustes a la Ley 100, porque mantiene el esquema inicial de su creación: el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Los diferentes actores del sector salud parecen haberse convencido de que ante las promesas incumplidas en la reforma del 93 y ante el caos generalizado en las diferentes estructuras y procesos del sistema, es mejor apostarle a establecer por lo menos algunos pasos en firme en la reorientación del sistema, con la esperanza de que ahora sí, se pueda acercar el logro y la materialización de sus metas y principios originales. Las únicas voces disidentes fueron las de los senadores Luis Carlos Avellaneda, Jesús Bernal, Jesús Piñacué y Jorge Robledo.
Lo aprobado
Se destaca de la aprobación en el Senado, la destinación de los recursos del 4x1000 para ampliación de cobertura en régimen subsidiado a partir de 2007 (propuesta del senador Andrés González, para afiliar 8 millones de colombianos), aunque se espera respuesta del Ministerio de Hacienda porque su titular Alberto Carraquilla, insistió en la inconveniencia de la medida. Argumenta que los recursos para salud tienen que contemplarse en la Ley de Pre-supuesto General de la Nación y que sacar un impuesto para pasarlo a destinación específica, crea un problema grave de sustitución: “Es quitarle una fuente de financiación al presupuesto. Ese impuesto anualmente le deja al Estado más de $2 billones 400.000 millones, con los cuales se financian pensiones, transferencias, gastos de funcionamiento e inversión. Por eso, de otorgarse una destinación específica, tendrían que surgir los recursos alternativos”. Según el senador Camilo Sánchez, se requieren casi $900.000 millones para garantizar cobertura a los estratos 1 y 2: “Del tributo de 4x1000 se utilizará lo que se necesite para garantizar cobertura en régimen subsidiado del 100%”.
Otro punto aprobado contempla que las EPS deben contratar al menos el 65% de los servicios de régimen subsidiado con las Empresas Sociales del Estado -ESE- del municipio respectivo (según la Ley 100, la contratación obligatoria es 40%). Con este aumento, los hospitales públicos pasarán de contratar $1,3 billones al año a $2,5 billones. Y para evitar las demoras en los pagos que desfinancian los centros hospitalarios, se establece una fórmula bimensual de anticipos.
Se dejó establecido que las Empresas Promotoras de Salud -EPS- no podrán contratar con sus propias Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS- más del 30% del total de los contratos, porque el restante 70% lo tendrán que contratar con la red pública de hospitales, instituciones que se benefician de la medida. Igualmente, que tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, las EPS o aseguradoras deberán garantizar a los afiliados la posibilidad de escoger su IPS entre las existentes en su área de influencia.
También se aprobó que los empleadores pagarán 8% de los aportes a salud de sus trabajadores contratados a término fijo, mientras el empleado asume el 4%, tal como hacen los empleados a término indefinido. Otro logro fue la aprobación de la afiliación automática y gratuita al sistema de salud de todo recién nacido y durante un año, si sus padres no están afiliados al sistema; también se eliminaron las cuotas moderadoras y los copagos para los pensionados que reciban mesadas entre 1 y 2 salarios mínimos.
El fin ansiado: cobertura universal
Fue la primera motivación de la Ley 100 y es inspiración de este ajuste. Es fin primero y último: en eso hay consenso. Todos a una, tirios y troyanos, presentaron toda clase de propuestas encaminadas a alcanzar esta promesa incumplida en el año 2001. El senador ponente del proyecto de ley, Eduardo Benitez, afirmó que de aprobarse en los dos debates que faltan, en el 2006 habrá 39 millones de colombianos afiliados a salud (90% de cobertura de la población), en los regímenes contributivo y subsidiado (incluyendo en éste último los subsidiados parciales).
Según el senador Luis Carlos Avellaneda, preocupa que en el proyecto 052 se plantee como objetivo pero a la vez se renuncie a la universalidad en la cobertura, al no definir una fecha para alcanzarla, pese a que $18 billones que circulan en el sector salud serían suficientes para lograrlo. La Academia Nacional de Medicina también expresó su preocupación frente al objetivo de “cobertura”, si ésta no significa prestación de servicios: “Es necesario diferenciar ‘cobertura’ de ‘carnetización’, por ahora no equivalentes. Por lo pronto, todo el esfuerzo parece estar orientado a la carnetización, así sea por medio de subsidios parciales, sin crear la infraestructura de servicios que garantice a los 'carnetizados' la debida atención. Además, la implantación de los subsidios parciales son un paso más hacia la inequidad, partiendo del principio de que la Ley 100, de por sí, es fundamentalmente inequitativa”. También para la Academia de Medicina, en el balance de la salud el país sigue con saldo en rojo, por cuanto “las enfermedades reemergentes como la tuberculosis, el incremento en la incidencia del dengue y de otras enfermedades transmisibles, y el descenso en la vacunación, de continuar, podrían dar lugar a situaciones alarmantes”. Y Cosesam cuestiona que “si la gran meta del proyecto solo se expresa en cobertura de afiliación, ¿qué pasa con la salud? ¿De salud qué? ¿O no es una reforma de salud?”
Rectoría y dirección técnica
Otro consenso está en el punto de que el sistema de salud debe estar bajo el efectivo y eficiente control del Estado, mediante un fortalecimiento del Ministerio de la Protección Social, y con un Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud como ente de regulación y no de concertación, conformado por profesionales de reconocida idoneidad, y con autonomía científica, técnica y administrativa.
Limitar intermediación financiera
Otro de los propósitos centrales del proyecto es limitar esta intermediación donde se queda el grueso de los recursos del sector y alrededor de la cual se han establecido todo tipo de negocios. Lo ideal es propiciar el equilibrio entre los aseguradores (EPS), prestadores (IPS), entes de financiación y vigilantes del sistema.
Restringir la integración vertical
Este es otro de los puntos aplaudidos en el proyecto, pues al decir de la Academia Nacional de Medicina, “los hospitales y clínicas privados y públicos se ven seriamente amenazados por el fenómeno de la 'integración vertical' que permite a las EPS y ARS crear sus propias IPS, creando un creciente monopolio que distorsiona todavía más el ya imperfecto mercado y que aumenta el poder dominante del sector asegurador, por medio de mecanismos verdaderamente perversos y anti-hipocráticos sobre los prestadores”.
Otros objetivos
Para evitar la pérdida de recursos por corrupción o desviación, y que los dineros lleguen con oportunidad a ARS y/o IPS, ellos serán manejados por fiduciarias contratadas por los municipios o los departamentos, que deberán garantizar su correcta utilización.
Y para evitar el peso financiero que debe asumir la EPS del Seguro Social al destinar una elevada cuantía de sus recursos para atender las enfermedades de alto costo, debido a la concentración de pacientes con dichas enfermedades, se dispone que las EPS y ARS aportarán el 2% de la UPC para financiar los excesos de gasto de otras EPS en esas enfermedades. También se destaca que los afiliados a las EPS y ARS contarán con un Defensor del Paciente, lo mismo que los profesionales de la salud.
Otros vacíos
A juicio de la Academia Nacional de Medicina, el proyecto no corrige algunos defectos de la Ley 100 que ha señalado el cuerpo médico, como el de generar la pérdida de autonomía en la toma de decisiones clínicas y la carencia de programas de capacitación e investigación para los profesionales de la salud. La Academia señala: “Increíblemente, al cumplirse casi doce años de promulgada la Ley 100, el SGSSS carece, como lo ha denunciado la Academia Nacional de Medicina, de un sistema de información. Un servicio de salud, así como un programa de medicina preventiva y de salud pública, son también, en esencia, sistemas de información”.
 
Algunas voces frente al proyecto 052
”La ponencia mayoritaria del proyecto de ley 052 profundiza el lucro de EPS y ARS mediante el fortalecimiento del modelo de aseguramiento. También aumenta la inequidad en el tipo de salud que se les brinda a los colombianos, al estratificarla. La salud pública, gran damnificada de la Ley 100 de 1993, lo continúa siendo en el 052, al hacer responsables de las acciones de promoción y prevención a las EPS y ARS, entidades que fueron y continúan siendo incapaces de establecer programas que logren un real impacto sobre los estados de salud de sus usuarios. Una reforma no puede pasar por alto la grave crisis que enfrenta la red hospitalaria pública”.
Luis Carlos Avellaneda, senador
“A pesar de todos los logros en cobertura, atención, subsidios y otros, debemos seguir avanzando en varios frentes para mejorar efectivamente los indicadores de salud de los colombianos. Sin embargo, esos cambios deben basarse en realidades, y no en mitos sobre el sistema y en especial sobre las EPS. Lo que se ha creado en 15 años no puede ser destruido a partir de reformas que no fortalecen los pilares que sustentan el modelo calidad, sostenibilidad, solidaridad y universalidad. El sistema necesita ajustes, no un cambio de paradigma”.
Augusto Galán Sarmiento, presidente de Acemi (EPS y empresas medicina prepagada)
“Filosóficamente, este es un proyecto que la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas -ACHC- considera bueno, que se debe apoyar porque aumenta de manera amplia el número de personas con protección en el sistema de aseguramiento, porque crea más estabilidad en las fuentes de financiación y permite hacer una planificación adecuada de los recursos, porque le mete mano a un tema que ha estado totalmente abandonado por los gobiernos y es la regulación del mercado, porque aporta equilibrio entre los diferentes actores del sistema -especialmente entre el sector de las IPS y las empresas administradoras de planes de beneficios- porque mejora las herramientas de control ciudadano y finalmente porque establece claridad para todos los participantes del sistema respecto de lo que tiene que hacer cada uno de ellos. La gran conclusión es que el escenario con este proyecto 052 funcionando plenamente, es muchísimo mejor que el actual y difícil escenario con Ley 100”.
Juan Carlos Giraldo Valencia, Director ACHC
“Creemos que este proyecto 052 no corrige los grandes defectos que son evidentes en la reforma de la salud que estableció la Ley 100, los cuales son principalmente de carácter estructural, pero consideramos que sí representa un paso adelante”.
Academia Nacional de Medicina
 
 

 



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