Bajo el número 2642 de 2005 se expidió la
resolución que reglamenta los artículos 3°,
4°, 6° 25 y 46 del decreto 2493 de 2004, relacionada
con la Red de Trasplantes, norma que pretende evitar los
malos manejos en órganos y tejidos para trasplantes,
con la creación de la red de donación y trasplantes.
Se ordena en esta norma, que la red de trasplantes tanto
en lo nacional como en lo regional debe funcionar durante
las 24 horas, y contar para ello con oficina y equipos que
permitan la conexión permanente entre las diferentes
coordinaciones regionales, y con el personal técnico
y profesional idóneo para su funcionamiento.
Se confiere en esta norma, entre otras, la facultad a las
coordinaciones de asignar los turnos de rescate a las IPS
con programas de trasplantes y a los bancos de tejidos,
y reasignarlos cuando sea el caso; también, determinar
la utilización de los componentes anatómicos
rescatados, y, autorizar a los bancos el suministro de tejidos.
De otro lado se establecen las regionales, con sedes en
Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Barranquilla,
a cargo de las respectivas seccionales de salud, y se les
asigna junto al Instituto Nacional de Salud, la tarea de
conseguir los recursos para el funcionamiento de esta red.
Es indiscutible la buena voluntad que ilumina esta norma,
y la intención de aprovechar al máximo la
disponibilidad de órganos y tejidos que en buena
parte se pierden por la carencia de instituciones con el
personal científico que posea los conocimientos y
los medios necesarios para su adecuada utilización,
pero, ¿no será éste un obstáculo
para las instituciones que de tiempo atrás han prestado
el servicio de trasplantes con lujo de competencia? ¿No
será ésta una oportunidad más de generar
burocracia detrás de un servicio a la comunidad?
¿No será la falta de presupuesto otra razón
para que las cosas no funcionen?
Esperemos que no sea así y que esta norma sea la
oportunidad para que el país que ha liderado el tema
de los trasplantes, cuente con una efectiva reglamentación.