Al terminar el año 2001, el Congreso
de la República en las ya acostumbradas sesiones maratónicas
de cierre de legislatura, expidió la Ley 715 de diciembre
21, norma que reemplazará el Estatuto consagrado en
la Ley 60 del año 1993, y que toca diferentes tópicos
en cuanto a la financiación de los sectores de Educación
y Salud, que han sido extensamente tratados en los diferentes
ámbitos, pero que han dejado de lado algunas determinaciones,
que tal vez por estar dentro de las disposiciones generales
del sector Salud, han merecido menos atención, no obstante
la trascendencia de las mismas.
El Artículo 54 de la citada Ley , contempla el tema
de la organización y consolidación de redes
a nivel territorial para la prestación de servicios,
de tal manera que se optimice la infraestructura instalada,
generando un mejor servicio para la población a un
costo menor para todos; esta red de servicios de salud, organizada
por grados de complejidad, con un adecuado sistema de referencia
y contrarreferencia puede ser una interesante salida, que
si bien no es nueva, no se ha logrado hacer funcionar.
Este mismo artículo, en su Parágrafo 1°,
obliga a que las instituciones de salud sometan sus planes
de inversión a la aprobación por el Ministerio
de Salud. Igualmente, las secretarías de salud departamentales
y distritales prepararán cada dos años un plan
bienal de inversiones públicas y privadas en salud,
en el cual se incluirán las destinadas a infraestructura,
dotación o equipos biomédicos que el Ministerio
de Salud determine que sean de control especial, y se establece
un procedimiento sin el cual no se puede iniciar cualquier
obra o proceso de adquisición de bienes o servicios,
ni se podrán realizar inversiones en infraestructura,
dotación o equipos, sin perjuicio de las sanciones
administrativas y so pena de no ser contratadas para la prestación
de servicios con recursos del Sistema General de Seguridad
Social en Salud.
Conocedores todos de las múltiples dificultades que
se generan en la más mínima gestión ante
el Estado, ya podremos imaginar lo que representará
este nuevo trámite para el desarrollo de los servicios
de salud, pendientes de las autorizaciones oficiales, no siempre
sometidos al análisis de los más conocedores
de los diferentes temas, y con el alto riesgo de influencias
de todo orden en las autorizaciones.
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