MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 5    NO 47   AGOSTO DEL AÑO 2002    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co

Competencia
por precio

Para la época en que se promulgó la Ley 100 de Seguridad Social, el entonces ministro de salud, doctor Juan Luis Londoño, hoy ministro de Salud y Trabajo, manifestó abiertamente que "la competencia, aquella fuerza insustituible del progreso económico y social, llegará con esta ley al campo de la salud. La competencia de los proveedores y la libre elección de las gentes será la mayor garantía de los servicios oportunos y de mejor calidad para todos".
Pero este sueño, como la mayoría de ellos, quedó como eso, un sueño, pues hasta hoy las cosas no han funcionado como lo pensó el ministro Londoño de la Cuesta, ya que la competencia y la libre elección han sido manipuladas al punto que ni una ni otra existen, y no podrán existir mientras el mercado esté dominado por uno solo de los actores del sistema.
Y es que la competencia, no se encuentra fundamentada en términos de calidad, eficiencia, oportunidad, conocimiento, tecnología: la competencia se está manipulando con base en el precio, y las redes de servicio que se han de conformar por los aseguradores y que serían una verdadera base para la libre escogencia, no son la motivación para escoger, y la libertad para elegir termina en el momento en que el ciudadano selecciona su Empresa Promotora de Salud (EPS), pues hemos visto como la posibilidad que tiene el afiliado de elegir la institución que le preste los servicios o al profesional no existe, al punto que iniciados los tratamientos, son ordenados los traslados aún por encima de la voluntad del paciente y sin considerar el criterio de los médicos tratantes. Lo más grave del caso, es que todo esto se hace con el amparo legal y la incompetencia de los órganos del control para poner orden en el mercado.
Y decimos que con el amparo legal, pues la Ley 100 limitó el actuar de los prestadores arguyendo una supuesta posición dominante en el sistema, que nunca ha existido en las IPS, ya que la dominación se da por quien posee el medio de pago y este no está precisamente en los prestadores, y es a estos a quienes se les ha permitido la saturación del mercado, la imposición de precios, la limitación en el uso de los insumos, con el agravante de que la responsabilidad por el resultado de los tratamientos pesa sobre el prestador y los profesionales de la salud, quedando la calidad y la eficiencia, principios básicos exigidos a los prestadores, imposibles de cumplir o hacerlo a costa de su supervivencia. Además, los aseguradores han encontrado la fórmula para no pagar, no obstante toda la legislación que se ha expedido en cuanto a plazos, sanciones, multas, intereses, etc., y que se elude con el argumento de la pertinencia y centrado en supuestos criterios técnicos que distorsionan el sentido de servicio.
La ley que se esperaba tuviese un gran sentido social, es en definitiva una ley económica, donde prima la rentabilidad, y esto no mejorará en la medida en que siga siendo esa su razón de ser.

 

 









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