|
Reflexión
del mes
|
|
También
yo quise huir del mundo. Ustedes me lo impidieron, con sus cartas,
con sus palabras por las calles, con su desamparo.
Les propongo entonces, con la gravedad de las palabras finales de
la vida, que nos abracemos en un compromiso: salgamos a los espacios
abiertos, arriesguémonos por el otro, esperemos, con quien
extiende sus brazos, que una nueva ola de la historia nos levante.
Quizás ya lo está haciendo, de un modo silencioso
y subterráneo, como los brotes que laten bajo las tierras
del invierno.
|
|
|
|
Algo
por lo que todavía vale la pena sufrir y morir, una comunión
entre hombres, aquel pacto entre derrotados. Una sola torre, sí,
pero refulgente e indestructible.
En tiempos oscuros nos ayudan quienes han sabido andar en la noche.
Lean las cartas que Miguel Hernández envió desde la
cárcel donde finalmente encontró la muerte: 'Volveremos
a brindar por todo lo que se pierde y se encuentra: la libertad,
las cadenas, la alegría y ese cariño oculto que nos
arrastra a buscarnos a través de toda la tierra'.
Piensen siempre en la nobleza de estos hombres que redimen a la
humanidad. A través de su muerte nos entregan el valor supremo
de la vida, mostrándonos que el obstáculo no impide
la historia, nos recuerdan que el hombre sólo cabe en la
utopía.
Sólo quienes sean capaces de encarnar la utopía serán
aptos para el combate decisivo, el de recuperar cuanto de humanidad
hayamos perdido.
|
Ernesto
Sábato. Fragmento de Antes del fin.
Sábato murió a los 99 años, el 30 de abril de
2011, dos meses antes de cumplir 100 años. Dejó su testamento
espiritual en las memorias Antes del fin.
|
|
|
|
|
|
Límites
a intervención médica:
no inicio o suspensión de tratamiento
Darío Arcila Arenas -
Profesor Titular (J) de la Universidad de Antioquia. Miembro
del Comité de Ética Médica del Hospital
Universitario de San Vicente Fundación |
Motivado por dos
casos presentados en reunión del Comité de Ética
Médica del Hospital Universitario de San Vicente Fundación,
publico algunas consideraciones sobre los difíciles
dilemas éticos de no iniciar o suspender un procedimiento
médico, aún contra el querer del paciente o
de su representante, y de no practicar un tratamiento indicado
acogiendo la decisión de éstos de no autorizarlo.
Son una aproximación inicial y elemental a tan importantes
temas y las expongo con sumo respeto por opiniones divergentes.
Parto de mi convicción de que la vida -cuya calidad
está determinada objetiva o médicamente por
la salud, la integridad corporal y el bienestar, pero que
subjetiva o moralmente comprende elementos que pueden ser
más determinantes, como valores, sensaciones, sentimientos
y creencias- es un derecho humano fundamental, no absoluto
ni irrenunciable, porque no siempre y en cualquier situación
es un bien para la persona. |
| Y parto de que
la muerte es la necesaria y natural culminación de
la vida y no el mal mayor para toda persona; de que ésta
por su dignidad tiene derecho a no ser sometida a tratamientos
médicos inútiles o desproporcionados para detener
su muerte, cuando se sabe inevitable y no hay esperanza de
recobrar una existencia en condiciones dignas, y tiene derecho
también a morir sin intensos dolores. Y que en cualquier
sistema de salud es necesario el respeto por la autonomía,
no sólo del paciente sino del médico, pues este
derecho es el fundamento de su responsabilidad ética
y legal y de la seguridad de aquél. |
 |
Por ello los médicos
deben preguntarse -considerando su autonomía profesional,
y que la ética y el derecho son disciplinas racionales
y no obligan a actuar contra la sana razón- si siempre
es su deber moral y legal utilizar todos los medios a su alcance
para prolongar la vida de pacientes y aplazar la muerte, así
sea a corto tiempo y en precarias condiciones.
O si por el contrario, su obligación es no recurrir
a ayudas tecnológicas con dicha finalidad o suspenderlas
por ser inútiles cuando la vida esté reducida
a una simple existencia biológica, sin conciencia ni
posibilidad de alcanzar un grado significativo de autonomía
y de interrelación, o cuando transcurre en condiciones
incompatibles con la dignidad humana que la hacen invivible
e indeseable, y en las cuales su conservación ya no
es un deber y la muerte deviene en un bien para los pacientes,
dispensadora de paz y liberadora del dolor y del sufrimiento.
Previamente: suministrar suficiente
información
Uno de esos casos fue el de un neonato con gastrosquisis,
anillo estrecho y sólo 3 centímetros de intestino,
después de practicársele cirugía por
necrosis de éste, condición que lo incapacita
indefinidamente para alimentarse por vía oral y por
ello recibe nutrición parenteral e hidratación,
con muy mal pronóstico, y cuya madre manifiesta extrañeza
porque no se le practica trasplante de intestino,
estando en un hospital tan prestigioso.
En este caso se plantean los dilemas de si es ético
y legal que el equipo médico suspenda el tratamiento
de sostén al neonato, y se abstenga de suministrarle
antibióticos y de reanimarlo al presentarse paro cardio-respiratorio,
sabiendo que sobrevendrá la muerte; y si para proceder
así, es necesario el consentimiento informado de sus
padres.
Respecto de estos dilemas considero que el equipo médico
debe, en ejercicio legítimo de la profesión,
suspender y abstenerse de iniciar dichos procedimientos al
neonato, lo cual no puede confundirse con eutanasia,
pues son inútiles y desproporcionados obstáculos
al natural e inevitable proceso de muerte, que en nada lo
benefician y quizás no le causarán ningún
sufrimiento, por su incipiente desarrollo y precarias condiciones
de salud.
Pero el equipo médico no debe proceder de inmediato,
porque previamente es indicado suministrar adecuada y suficiente
información a la madre y, de ser posible, al padre
del neonato, sobre la gravedad de las malformaciones de su
hijo, su negativo pronóstico, la inutilidad del tratamiento
que se le brinda y por qué es imposible practicar el
trasplante. Todo ello, en procura de obtener su conformidad
con la decisión médica, dándoles oportunidad
de reflexionar y plantear inquietudes. Más de no lograrse
su consentimiento en un tiempo prudencial, es legítimo
-ética y jurídicamente- suspender todo procedimiento
médico, incluida la nutrición e hidratación
tecnológicas -por ser inútiles- pero manteniendo
las medidas de cuidado, decisión que debe justificarse
en la historia clínica.
El no tener el consentimiento informado de los padres, y el
temor de los médicos y la institución a eventuales
demandas judiciales, no puede llevar a realizar procedimientos
contraindicados médicamente, como mantener un tratamiento
de sostén claramente inútil y desproporcionado,
expresión de medicina defensiva, pues ello
sería inmoral e ilegal.
Ni el paciente ni su familia ni el juez de tutela, pueden
legítimamente imponer a los médicos actos contrarios
a la ciencia, a la experiencia o a la ética médica
ó al Derecho, violando su autonomía y limitando
su responsabilidad, ni a las instituciones de salud actos
reñidos con la calidad o la seguridad de sus servicios,
con violación de sus políticas y reglamentos.
Ni los unos ni las otras están obligados a hacer todo
lo posible, hasta lo último, para prolongar
la existencia meramente biológica de un paciente, ni
para retardar su muerte inevitable o inminente, ni para prolongar
su proceso de agonía, pues ello constituye exceso terapéutico
que atenta contra su dignidad. |
 |
|
|
Fundamentación
|
Mi
posición la fundamento en los principios éticos
de no maleficencia, beneficencia y justicia; en los fines
de la medicina; en los artículos 12 y 13 de la Ley
23 de 1981, imprecisamente denominada Ley de Ética
Médica; y en una valoración racional de
la autonomía del paciente y del consentimiento informado,
cuyo respeto no puede invocarse para pretender imponer al
médico un acto que considera inútil.
El citado artículo 13 dispone que el médico
sólo puede utilizar métodos y medicamentos
a su disposición o alcance cuando exista la posibilidad
científica de aliviar o curar la enfermedad,
es decir, mientras racionalmente los considere útiles
para lograr alguno de estos fines, señalando así
expresamente límites a la intervención médica.
Ética y jurídicamente el médico únicamente
está obligado a utilizar tratamientos de que dispone
y el trasplante de intestino aún no está
al alcance de nuestra medicina. Y sólo debe aplicar
procedimientos debidamente autorizados como potencialmente
eficaces para obtener alguno de los fines de la medicina (curar,
sanar y aliviar), salvo en circunstancias excepcionalmente
graves en las que un procedimiento experimental sea la única
posibilidad al efecto, según el citado artículo
12. Además, que sean útiles, que beneficien
al paciente; y proporcionados, que el beneficio esperado sea
superior al posible daño o sufrimiento, y que su costo
no sea exagerado en relación con ese posible beneficio.
El mantenimiento de nutrición parenteral e hidratación
al neonato, indicada e iniciada antes de la cirugía
por la cual quedó con sólo 3 centímetros
de intestino, puede prolongar su existencia por algún
tiempo y sería un procedimiento útil, más
o menos beneficioso para él, si médicamente
le permitiera algún grado de desarrollo como persona,
dentro de las limitaciones impuestas por sus graves minusvalías
físicas; de autonomía, al no tener que depender
permanentemente de una máquina; y de interrelación.
Como entiendo que ello no es así, concluyo que aquel
procedimiento es inútil e ineficaz para lograr alguno
de los fines de la medicina y no implica un beneficio proporcionado
para el neonato, ni su supresión le causaría
daño desproporcionado, pues por su edad, sus graves
minusvalías y sus precarias condiciones de salud, posiblemente
no le ocasionarían ningún sufrimiento. Entonces,
de acuerdo con los principios de no maleficencia y beneficencia
y también con el de justicia, que impone no destinar
recursos escasos a procedimientos inútiles, el procedimiento
debe interrumpirse.
En ejercicio legítimo de su profesión, el médico
puede omitir o suspender cualquier procedimiento, inclusive
la nutrición parenteral y la hidratación -cuya
suspensión le es especialmente difícil por motivos
emocionales y culturales- cuando resulte inútil o desproporcionado
y sólo prolongue el inevitable proceso de muerte. Pero
en caso de duda, el médico debe optar por iniciar el
procedimiento, bajo la condición de interrumpirlo si
resultare ser inútil o desproporcionado, máxime
si se tiene en cuenta que omitirlo puede ser psicológicamente
más gravoso para él, que suspenderlo.
La alimentación proporcionada médicamente
constituye un procedimiento técnico diseñado
para ciertos problemas y puede ser apropiada o no, dependiendo
del consentimiento del paciente, su condición física
y su pronóstico. Este procedimiento médico tiene
poca relación con tener hambre, comer o sentirse satisfecho;
su interrupción no supone dolor ni hambre para la mayoría
de los pacientes, conforme lo ha demostrado la investigación
realizada
, y humedecer con agua los labios del
enfermo alivia más la sed que la hidratación
tecnológica (James F. Drane, El cuidado del enfermo
terminal, Ed. Organización Panamericana de la Salud,
1999, pág. 28) . |
| |
Límites
a la intervención médica:
rechazo por el paciente de actos indicados
Darío Arcila Arenas -
Profesor Titular (J) de la Universidad de Antioquia. Miembro
del Comité de Ética Médica del Hospital
Universitario de San Vicente Fundación |
Recientemente fue
presentado al Comité de Ética Médica
del Hospital Universitario de San Vicente Fundación,
el caso de una anciana de 83 años, conectada a ventilador
mecánico, que no autoriza necesarios exámenes
y procedimientos indicados por el equipo médico y se
niega a firmar el documento de esa negativa, al igual que
su hija acompañante, quien además es demandante
con los médicos y pretende que éstos actúen
según sus exigencias en la atención de su madre,
actitud que deteriora la relación clínica.
En este evento se plantea la cuestión de si, de acuerdo
con la ética y el Derecho, el equipo médico
debe respetar la decisión de la paciente y su hija
y, en consecuencia, abstenerse de realizar los procedimientos
indicados y remitirla a otra institución de salud. |
| Para responderla
es necesario determinar la competencia mental de la paciente
para decidir y en caso positivo respetar su voluntad. En caso
negativo se debe establecer la legitimidad de la hija como
su representante legal y si ésta reitera su posición,
respetarla, debiendo los médicos proceder a dar por
terminada su relación clínica con la paciente
-pues en ambas alternativas se impide el cumplimiento de los
fines de esa relación- y el hospital a dar por terminada
la prestación de servicios médicos a la paciente,
con la consecuente alta voluntaria o forzosa. Pero antes de
proceder así, se debe informar la situación
a la correspondiente EPS y solicitar su mediación tendiente
a que la paciente o su representante legal, autorice los actos
médicos indicados. |
 |
Mi posición la fundamento
en el Derecho y principio ético de autonomía,
expresados en el consentimiento informado, que es la potestad
que tiene el paciente -si es competente-, o su representante
si decide de acuerdo con la voluntad expresada por aquél
en directrices anticipadas o según su mejor
interés, de autorizar o rechazar los procedimientos
indicados, previa información adecuada, suficiente
y oportuna sobre éstos -suministrada por el médico
tratante- y sobre las posibles consecuencias dañinas
de su no realización, así éstas sean
su muerte o un grave daño para su salud.
Disentimiento informado
El disentimiento informado, en principio,
deber ser respetado por el equipo médico tratante,
absteniéndose de ejecutar los actos no autorizados,
pues no es moral ni legal imponer a un paciente autónomo
procedimientos gravosos que sólo a él afectarían,
salvo caso de urgencia o disposición legal. Pero si
el paciente es menor de edad y su decisión pone en
peligro derechos personalísimos, como son la vida y
la integridad corporal, primaría la decisión
de su representante de autorizarlos, por su obligación
constitucional de asistir y proteger al menor (arts. 44 y
45 de la Constitución). Si el representante también
los rechaza por motivos religiosos, primaría la protección
de esos derechos, lo mismo cuando exista duda sobre la bondad
de la decisión del representante.
El respeto del médico por la autonomía del paciente
se manifiesta, fundamentalmente, en acatar su disentimiento
informado, no en hacerle firmar el documento de
consentimiento informado para la realización
de todo procedimiento, inclusive de los más rutinarios,
simples y de mínimo riesgo, que es el consentimiento
firmado usual en las IPS y ESE por diversos motivos,
simple e inútil burocratización del auténtico
consentimiento informado. Este es el natural y necesario proceso
de comunicación entre médico y paciente, propio
de una respetuosa relación clínica, que culmina
con la decisión responsable de éste de autorizar
o rechazar el procedimiento indicado, y que por disposición
legal y razones prácticas se sintetiza en un documento.
Así como las decisiones de los médicos en ejercicio
de la libertad de terapia encuentran limitaciones en la lex
artis de la medicina, los códigos deontológicos,
la ética y el derecho, las decisiones de los pacientes
en ejercicio de la autonomía están limitadas
por el respeto debido a los derechos de los demás,
entre éstos la dignidad y la autonomía del médico,
y al orden jurídico de nuestro Estado Social y Democrático
de Derecho, en el cual ningún derecho es absoluto.
Y es que en relación con la salud los pacientes no
sólo tienen derechos -sobre los cuales se hace mucho
énfasis- sino también deberes -que con frecuencia
se olvidan-.
Por ello el consentimiento informado, fundamentado en los
artículos 16 y 20 de nuestra Constitución Política,
y ya establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley
23 de 1981 respecto de tratamientos médicos y
quirúrgicos
que puedan afectarlo física
o síquicamente
, no puede entenderse como
el derecho del paciente a imponer al médico o a la
institución de salud, los procedimientos que él
o su familia quieran, así sean ineficaces, inútiles
o injustificadamente mucho más costosos que los indicados.
Entenderlo así implica una supervaloración de
la autonomía del paciente en la relación clínica
y reducir el papel del médico al de simple servidor
de los deseos del paciente o de su familia, posición
que pone en peligro la salud de éste, atenta contra
la dignidad y la autonomía del médico y desdibuja
su responsabilidad en relación con esos procedimientos.
El consentimiento informado es un derecho del paciente,
pero no es un derecho ilimitado. No significa que los pacientes
puedan escoger lo que quieran, ya que lo que deseen podría
no ser indicado o no estar contemplado en el programa de la
institución. Los médicos tienen su propio criterio
y éticamente no pueden respetar la preferencia del
paciente por una intervención que consideran inútil
y dañina. Entonces, dicha preferencia se ve limitada
por lo que, en realidad, representa utilidad y es proporcionado
y médicamente posible. (James F. Drane, El cuidado
del enfermo terminal, Ed. Organización Panamericana
de la Salud, 1999, pág. 73).
Finalmente mi posición se fundamenta en el artículo
6º de la citada ley, que dispone que el médico
rehusará la prestación de sus servicios para
actos que sean contrarios a la moral y cuando existan condiciones
que interfieran el libre y correcto ejercicio de la profesión.
Y en el artículo 7º que autoriza al médico
para excusarse de asistir a un enfermo o interrumpir
la prestación de sus servicios, excepto en caso
de urgencia, cuando rehúse cumplir las indicaciones
prescritas, entendiéndose por éstas no
sólo la formulación de tratamientos, sino también
los exámenes, juntas médicas, inter-consultas
y otras indicaciones generales que por su no realización
afecten la salud del paciente . |
 |
|
|
|
Bioética
|
|
Ser verdadero médico
|
| Ramón
Córdoba Palacio, MD - elpulso@elhospital.org.co
|
 |
Para
un buen número de personas, inclusive profesionales del
área de la salud, el fundamento de la medicina son los
conocimientos en ciencias como la biología, la física,
la química, etc., y estos son cada día más
necesarios, pero no son la esencia de la medicina en la práctica
clínica.
Laín Entralgo, lo enseña con especial énfasis:
« [
] la física y la química no son,
no pueden ser el verdadero fundamento científico del
saber médico». |
En
otro aparte afirma: « [
] el fundamento de la patología
general es y debe ser un conocimiento del hombre que comprenda
y unifique metódicamente lo que acerca de la realidad
de éste nos digan tanto la anatomía y la fisiología
tradicionales -y con ellas por supuesto, la biofísica
y la bioquímica-, como las disciplinas que integran las
llamadas ciencias humanas. Por tanto, una antropología
médica, de la cual debe ser tácita base una antropología
general».
Si reflexionamos un poco tenemos que aceptar que el primer acto
médico no fue el de un científico sino un acto
de amor: el de una madre que atiende tiernamente la queja de
su hijo y, quizás sin ninguna experiencia, aplica cualquier
bebedizo, cualquier emplasto, un masaje, que cura más
por la expresión de amor que por los elementos físico-químicos
contenidos en ellos. « [
] Cuando la asistencia médica
es lo que debe ser, el vínculo que une entre sí
al médico y al enfermo es el amor», afirma Laín
Entralgo.
Pero ese amor no puede ser un amor ciego sino que implica, como
todo amor verdadero, un conocimiento lo más exacto posible
del ser amado. En el quehacer del médico éste
debe conocer lo que es esencial en cada ser humano, su naturaleza
humana, lo que nos hace iguales y, al mismo tiempo nos diferencia:
iguales porque somos seres con las características propias
del Homo sapiens sapiens y diferentes por las características
propias de cada individuo dentro de esa especia animal; es decir,
un conocimiento científico o antropológico. Volvamos
a las enseñanzas de Laín Entralgo: « [
]
la antropología médica es un conocimiento científico
del hombre en tanto que sujeto sano, enfermable, enfermo, sanable
y mortal. Ella y sólo ella es verdadero fundamento del
saber médico
».
Lo anterior nos permite afirmar enfáticamente que los
médicos no somos técnicos en tejidos, órganos,
enfermedades, tratamientos, etc., sino médicos, que nuestra
misión trasciende lo puramente orgánico, que como
lo enseña James Rosswell Gallagher: «[
] La
labor del médico, su privilegio es ayudar a una persona,
malgasta mucho de su oportunidad cuando limita su atención
a la enfermedad de su paciente».
Lamentablemente, en muchas facultades de medicina sólo
se interesan por los aspectos estrictamente físico-químicos
y olvidan lo humano, olvidan que quien disfruta de esos elementos
físico-químicos es un ser humano, una persona.
También la Ley 100 en general y los intermediarios comerciales
de la vida humana, las EPS, impiden arbitrariamente desde el
punto de vista de la ética personalista, el cumplimiento
honesto de la misión del médico, crearon pacientes
y médicos legalmente esclavos. La relación médico-paciente
se sustituyó por la de paciente y un técnico en
medicina, técnico que puede ser distinto en cada cita.
Los defensores del actual sistema de atención médica
afirman que se ha ampliado la cobertura, pero no basta el incremento
numérico de pacientes sino el sentido humano esencial
en la práctica clínica de la medicina, y esto
es imposible en un sistema que exige a los profesionales médicos
no dedicar más de 15 minutos a cada paciente; en otras
palabras, se piensa más en los protocolos que en la persona
que consulta.
Hemos olvidado que la misión esencial del médico
no es la conservación de la salud, ni su recuperación,
ni la rehabilitación, ni la prevención de la enfermedad,
sino ayudar a una persona como enseña Gallager,
previamente citado. Hemos olvidado que lo que el paciente, enfermo
o sano, confía realmente a su médico es el cuidado
de su existencia, de su vida, y no únicamente el de su
salud; cuántos enfermos con padecimientos no curables
realizan proyectos de vida dignos de encomio por su sentido
humano, y es al médico en cooperación con su paciente
a quien corresponde descubrirlo y luego animar y orientar la
realización del mismo.
Terminamos con una preciosa cita de Félix Martí
Ibáñez: « [
] Ser médico es,
en otras palabras, ser un hombre completo, que sepa actuar en
la ciencia como un profesional de calidad e integridad; en la
vida, como un ser humano dotado de buen corazón y elevados
ideales; en la sociedad, como un honesto y eficaz ciudadano»
« [
] «Pues ser médico es
mucho más que ser un mero dispensador de píldoras
o un carpintero médico que remienda y compone carnes
y almas rotas. El médico es una piedra angular en la
sociedad humana y un intermediario entre el hombre y Dios».
|
| NOTA:
Esta sección es un aporte del Centro Colombiano de Bioética
-Cecolbe-. |
| |
 |
 |
 |
Maestro, ¿qué es eterno?
|
|
¿Qué
puede ser más eterno que el invierno en Colombia? Yo
llevo varias reencarnaciones esperando un verano larguito.
Los demonios del progreso salvaje destruyeron la armonía
natural de la costa atlántica, antiguo templo de los
dioses zenúes, y de la sabana de Bogotá, santuario
de Bochica y Chiminigagua. El agua invasora durará
tanto como la estupidez humana y sus olas subirán talvez
hasta cubrir a toda la humanidad pecadora. Te recomiendo refugiarte
en las sagradas cumbres del Tíbet, pequeño saltamontes.
|
 |
|
 |
|
|
| |
|
|
|
|