MEDELLÍN,   COLOMBIA,   SURAMÉRICA    AÑO 12    No. 147 DICIEMBRE DEL AÑO 2010    ISSN 0124-4388      elpulso@elhospital.org.co


Proyecto de ley ordinaria:
entierro de pobre a la
descentralización en salud
Félix León Martínez Martín, MD. Magíster en Salud Pública - Presidente de Fedesalud - elpulso@elhospital.org.co

El gobierno, con apoyo de su bancada en el Congreso, pretende solucionar los problemas financieros del régimen contributivo, aumentar la cobertura del régimen subsidiado, e igualar los planes de beneficios de los dos regímenes, raspando la olla de los departamentos y municipios, sin un solo peso de esfuerzo fiscal de la Nación, aumentando la crisis de financiamiento de los hospitales del país, es decir, siguiendo la misma línea del gobierno anterior.
Financiar el contributivo
En primer lugar, para financiar el régimen contributivo se terminará el aporte de solidaridad al régimen subsidiado, hasta el total de los 1.5 puntos de los aportes de los trabajadores, aproximadamente $1,6 billones, equivalente a los recobros al Fosyga por tutelas y CTC (Comités Técnico-Científicos) que tiene descompensada la Subcuenta de Compensación. Por ello, aunque la redacción señala: “El proyecto de ley dispone que hasta el 1.5% de la contribución de los empleadores y trabajadores que se utilizaba para financiar el régimen subsidiado se destinará a financiar la Subcuenta de compensación del Fosyga” -que implicaría distribuir desde 2011, unos $1.5 billones entre el contributivo y el subsidiado-, en la práctica todos estos recursos dejarán de girarse al subsidiado.
Compensar recursos que pierde el subsidiado
En segundo lugar, para compensar estos recursos que pierde el subsidiado, se propone aumentar del 24,5 al 26% la participación de salud en el Sistema General de Participaciones o SGP (1,5 puntos),
que se quitan a los municipios del 11,6% que tenían para propósito general: $345.000 millones en 2010 (pasan de $5.635 millones a $5.980 millones), pero aún no se pueden aplicar al régimen subsidiado pues hay que distribuirlos previamente en las 3 partidas tradicionales: subsidios a la demanda, a la oferta y salud pública, y la nueva del proyecto de ley: Atención Primaria en Salud.
Se aumentan de 65 al 80% las participaciones en salud para subsidios a la demanda. La Ley 1393 las subió de 50 a 65% hace apenas 5 meses y el Congreso dejó en claro que “este porcentaje no podrá ser aumentado” pues ponía en riesgo la financiación de los servicios No-POS de afiliados, población no afiliada y enfermedades huérfanas, definida en la Ley 1392. El incremento supondría $1,2 billones, a pesos de 2010 para 2015.
Las consecuencia de pasar estos 15 puntos al régimen subsidiado son la disminución de recursos para la financiación de servicios No-POS de los afiliados al subsidiado, población no afiliada y enfermedades huérfanas, vía oferta, en un 57,38%, es decir, $805.115 millones de 2010 (se reducen los recursos de oferta de $1.1 billones a 598.000 millones).
Hay que señalar que de los $598.000 millones (el 10% restante) que quedarían para oferta en recursos del año 2010, $365.000 millones son retenidos para el pago de aportes patronales, con lo que los recursos de oferta que se girarían por parte del SGP a todos los hospitales de departamentos y municipios descentralizados se reducirían a $223.000 millones. Este sería todo el recurso efectivo que sería girado a la totalidad de hospitales del país, tan sólo el 3,9% de las participaciones de salud y no el 10% o, lo que es igual, únicamente el 1% del total del SGP. Si dividimos estos, que serían los recursos nuevos más importantes del régimen subsidiado procedentes de la reasignación de las participaciones por 22'000.000 de afiliados aproximados de este régimen, habría una disponibilidad de recursos de apenas $50.000 adicionales por afiliado, a todas luces insuficiente para igualar la actual diferencia entre los POS, lo que hace suponer que no será posible igualar los planes de beneficios con estos recursos.
La diferencia entre la UPC del régimen subsidiado para 2010, establecida en $281.837 y $485.013 (valor de la UPC nominal del régimen contributivo), o bien $530.459, valor de la UPC real pagada según ponderadores de edad y zonas (es decir una diferencia de $203.776 pesos en el primer caso y de 249,222 pesos en el segundo, sin contar que el régimen contributivo recibe adicionalmente otros $19.055 per cápita por promoción y prevención, lo que aumentaría la diferencia a $268.222), alcanza aproximadamente $250.000 per cápita, de los cuales esta transformación de recursos no conseguiría más del 20%. Es imposible creer por tanto que sea posible la igualación de los POS y que no se requieran recursos en los hospitales ni para atender los servicios No-POS ni para la población que resta por afiliar. Esto, aparte de las enfermedades huérfanas.
Transformar rentas cedidas para el subsidiado
En tercer lugar se propone aumentar la transformación de rentas cedidas para financiar el subsidiado, desde el 45% (Ley 1393) hasta 50%: equivaldría aproximadamente al 5% de $1.5 billones. Esto restaría de los recursos de los departamentos y distritos para financiar los hospitales públicos, aumentados en la Ley 1393 con los nuevos impuestos, aproximadamente $75.000 millones más. Cabe recordar que el 35% de las rentas cedidas están destinadas por ley a cubrir el pasivo prestacional, por lo cual quedaría para el financiamiento de los hospitales y de las secretarías de salud departamentales tan sólo el 15% de las rentas cedidas.
En cuarto lugar se aumenta la proporción que las cajas de compensación familiar destinarán al régimen subsidiado, que ahora será de 0,25 puntos de los parafiscales que reciben estas entidades: aproximadamente $200.000 millones nuevos para el subsidiado. Se mencionan otros recursos de menor cuantía y difíciles de precisar, en todo caso, no queda claro de dónde resultan convertidos los $275.000 millones señalados con anterioridad, en los $600.000 millones nuevos para el régimen subsidiado.
En resumen, hay un retiro posible de recursos para el régimen subsidiado de $1.5 billones, que se compensaría con $345.000 millones quitados a los municipios de las participaciones de propósito general, y $805.000 millones quitados a los hospitales de las partidas de oferta para los departamentos, distritos y municipios descentralizados, $200.000 millones más se quitan a las cajas de compensación familiar y con $75.000 millones que también se quitan a hospitales y servicios de salud departamentales de las rentas cedidas. Como los recursos que el proyecto de ley propone asignar al régimen subsidiado no compensan los que se retirarían de solidaridad del contributivo, no hay posibilidad de igualar los planes de beneficios o se reducen mucho las expectativas de la Ley 1393, sin contar que se quitan los recursos destinados a la atención de las enfermedades huérfanas, por la Ley 1392.
Se plantea que “…el gasto total en salud como porcentaje del PIB es cercano a 6.5%, el gasto público de salud es uno de los más altos de la región (5.1% en 2007)”. Cabe recordar que el total dispuesto para la atención de la población pobre, mediante subsidios de oferta y demanda apenas supera el 1,5% del PIB según investigación del Grupo de Protección Social de la Universidad Santo Tomás. Se señala igualmente que “los recursos del Presupuesto General de la Nación destinados a salud han venido incrementado de manera acelerada. Incluso, es claro que en este período, el gasto público en salud se ha multiplicado por cuatro”.
No son las mismas cifras que muestran estudios independientes como el del Observatorio de Protección Social del Centro de Investigaciones para el Desarrollo de la Universidad Nacional, que muestran que el esfuerzo de la Nación después de un incremento importante en función de la Constitución de 1991, entre 1993 y 1999, se ha reducido significativamente desde entonces. Tampoco es cierta la baja, señalada para los últimos años por la Contraloría General de la República, de la participación de Salud en el gasto social desde un 21% en 2004 hasta un 16.9 en 2009, que coincide con el aumento de la participación de la Asistencia social, en especial del programa Familias en Acción.
Posteriormente se plantea que el gasto privado de bolsillo en salud en el país es el más bajo de la región (como proporción de todo el gasto en salud), que si bien refleja la significativa dependencia del sistema de salud colombiano de los recursos públicos, que son muy cuantiosos, muestra que la implementación del Sistema de Seguridad Social en Salud ayudó a reducir el impacto de choques exógenos de salud especialmente sobre la población más pobre. La reducción del gasto de bolsillo en salud ha sido particularmente significativa en las hospitalizaciones y en compras de medicamentos.
La gran disminución del gasto de bolsillo de la que se hace alarde tiene base en las Cuentas Nacionales de Salud 1993-2003, pero su mismo autor Gilberto Barón y otros estudiosos como Jaime Ramírez, señalan hoy el error de estimación que obedeció a la Encuesta de Calidad de Vida de 2003 y ubican dicho gasto en un 23% del total del gasto. (Véase la Tabla Nº 1)
Más adelante se señala que “a pesar de los esfuerzos para su mejoramiento por parte del gobierno nacional, persiste una enorme debilidad institucional en la gran mayoría de los municipios, así como falta de capacidad técnica para el manejo del régimen subsidiado”
Y agrega que un estudio de la Universidad Nacional sugirió que los municipios no tienen capacidad tecnológica, ni recursos humanos capacitados para administrar el subsidiado. Como consecuencia, el flujo de los recursos en el sistema tiene múltiples dificultades para el acceso de las personas pobres. Frente a ello, este proyecto de ley establece medidas para hacer más eficiente la administración del régimen subsidiado y mejorar el acceso de la población más pobre a los servicios de salud. Los intentos sucesivos de recoger los recursos de los municipios -las participaciones sobre los ingresos de la Nación que les entregó la Constitución de 1991-, para entregarlos directamente a las EPS del régimen subsidiado en los decretos de emergencia social y después en la Ley 1393 y en el presente proyecto, configuran el entierro de pobre de la descentralización en Colombia.
Recursos y poblaciones cubiertas a 2009
Fuente: Ramírez J (2010) con base en MPS, DNP y DANE ECV-2008.
 
 
 







 



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