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Tarea difícil tiene ahora el Ministerio de la Protección
Social, similar a la emprendida en 1994 luego de la expedición
de la Ley 100: buscar, revisar y seleccionar el paquete
de medicamentos que será incluido dentro del nuevo
plan de beneficios PLUS (Plan Limitado Único de Salud),
que sustituirá y actualizará el listado de
los hoy incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS).
Buena parte de los incluidos permanecerán, otros
deberán salir por obsolescencia o desuso o porque
son inviables financieramente para el sistema, y otros entrarán
a reforzar esta herramienta terapéutica que ofrecen
los medicamentos, como piedra angular del sistema de salud.
Según la Ley 100 de 1993, TODOS los afiliados al
Sistema General de Seguridad Social en Salud recibirían
un plan integral de protección de salud, con atención
preventiva, médico-quirúrgica y medicamentos
esenciales, dentro del llamado Plan Obligatorio de Salud;
allí también se fijó incluir la
provisión de medicamentos esenciales en su presentación
genérica. Asimismo, que quien requiriera medicamentos
por fuera del POS debía adelantar el trámite
respectivo. Pero ante las crecientes acciones de tutela
instauradas para reclamo de medicamentos, tanto de los incluidos
como de los no incluidos en el POS de los regímenes
contributivo y subsidiado, la Corte Constitucional con sus
Sentencias C-463 de mayo de 2008 y T-760 de julio de 2008,
entra a terciar, demandando que se cumpla el mandato de
la Constitución y la Ley, de garantizar el suministro
oportuno de medicamentos, en condiciones de oportunidad,
eficiencia, integralidad y calidad.
De ahí que habláramos de la difícil
tarea del Ministerio, de revisar y redefinir el listado
de medicamentos, considerando las necesidades en salud de
los colombianos, la disponibilidad y los precios, la asequibilidad,
la garantía de calidad, la viabilidad de financiación
dentro del sistema de salud, los adelantos en farmacología,
los hábitos de consumo, la farmacovigilancia y la
necesidad de control a todos los eslabones de la cadena
del medicamento. Más aún, cuando en el complejo
sector farmacéutico, meten mano toda clase de intereses
políticos y económicos, con el suficiente
poder para influir en las decisiones estatales.
Como bagaje en este proceso, el Ministerio tiene toda la
experiencia acumulada en la provisión de medicamentos
en 15 años del sistema de salud, con sus logros y
desaciertos, y que constituye un excelente punto de partida.
Por eso El Pulso quiere aportar a la tarea, y consultó
voces y conceptos de expertos del mundo del medicamento,
para que presentaran sus consideraciones respecto de lo
que será la política respectiva en el nuevo
plan de beneficios. Se encuentran consensos y disensos,
pero lo más importante, es la insistencia en que
el Ministerio adelante todos los estudios y procesos que
sean necesarios, pero teniendo siempre presente que debe
determinar la política de medicamentos en el nuevo
plan de beneficios, dentro de unos principios ceñidos
a la filosofía de un sistema de salud que tenga como
norte la satisfacción del derecho fundamental a la
salud, tal como fue reconocido en la Sentencia T-760.
A nuestro país le falta remedio para muchos males,
pero hay que procurar que por lo menos en salud, podamos
confiar en la certeza de tener los remedios,
cuando los necesitemos
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