Como de todos es bien conocido, el Sistema General de Seguridad
Social en Salud ha asignado a las administradoras de los
planes de beneficios la responsabilidad de inscribir a los
ciudadanos en el Sistema General de Seguridad Social, suministrarles
su carnet de identificación como afiliados al sistema,
recaudar los aportes y responder por su atención,
contratando los servicios con los prestadores, de tal manera
que se garantice una adecuada atención.
No obstante lo anterior, ha venido haciendo carrera en el
sistema la demora en los pagos de los servicios que las
instituciones prestadoras de servicios de salud suministran
a los enfermos, responsabilidad de las empresas administradoras
de planes de beneficios, - cuando no es que se niega el
pago de estas atenciones-, las más de las veces de
manera injustificada, lo que obliga a los prestadores ha
limitar el acceso a los servicios, con el agravante, para
estos últimos, que son quienes deben enfrentar las
quejas de los pacientes y sus familias. Esta situación
ignorada por los organismos de control del sistema genera
indiscutiblemente una responsabilidad frente a lo que le
suceda al paciente, y le asiste el derecho a reclamar la
indemnización a las Administradoras, por los perjuicios
que se le generan a él y su familia, por la negligencia
en el cumplimiento de los deberes que les ha asignado la
Constitución y la Ley.
Otro aspecto que debe reclamarse a las administradoras de
los planes de beneficios es el perjuicio que se genera al
paciente por la no aplicación del tratamiento que
le prescribe el médico cuando la empresa que ha de
suministrarlo no lo hace, o demora la práctica de
los exámenes de diagnóstico que son necesarios
para un adecuado diagnóstico y tratamiento.
Todos los días vemos con preocupación como
el enfermo es obligado a trasegar por oficinas, taquillas
y puestos de información ubicados en sitios distantes
unos de otros, en busca de autorizaciones para un examen
o un tratamiento, mientras se deteriora su salud y el responsable
de dar respuesta a estas demandas ignora su sufrimiento.
Esta situación no es ajena a lo jurídico.
La responsabilidad de quienes administran el dinero de la
seguridad social debe ser exigida por los organismos de
control del Estado, si es que este pretende tener éxito
en el sistema de aseguramiento que rige la atención
en salud.