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Giro directo, una medida para mejorar el flujo de recursos

Por: Redacción El Pulso
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El Gobierno de la República de Colombia ha promulgado un decreto con el objetivo de garantizar el acceso equitativo a los servicios de salud y fortalecer el sistema de seguridad social. Este decreto define los porcentajes y condiciones para el giro directo de recursos relacionados con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen contributivo, así como de presupuestos máximos para servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC de los regímenes contributivo y subsidiado.

El presidente, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, fundamentó esta decisión en la premisa base de que la salud es un derecho irrenunciable y un servicio público esencial, como lo establece el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia. Además, destacó la obligación del Estado de garantizar el acceso universal y equitativo a los servicios de salud, en consonancia con los principios de eficiencia y solidaridad establecidos en la legislación nacional.

El decreto, en concordancia con disposiciones constitucionales y legales, se enfoca en mejorar la eficiencia del sistema de salud colombiano y en garantizar el flujo adecuado de recursos para su sostenibilidad. Se reconoce que la correcta administración de los recursos es crucial para asegurar la prestación continua de servicios de calidad a toda la población.

Entre las medidas adoptadas, se destaca la implementación del giro directo de recursos a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) del régimen contributivo y subsidiado, especialmente en casos específicos, como cuando las EPS no cumplen con indicadores financieros adecuados o se encuentran bajo vigilancia especial o intervención.

La Superintendencia Nacional de Salud y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) desempeñan un papel fundamental en la aplicación y supervisión de estas medidas, priorizando la transparencia y la eficacia en la gestión de los recursos para prevenir cualquier forma de corrupción o malversación que pueda afectar la prestación de servicios de salud.

El decreto también establece porcentajes específicos para el giro directo de los recursos, asegurando que al menos el 80 % de la UPC reconocida sea girada directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y proveedores de tecnologías sanitarias. Esto se hace con el objetivo de garantizar una distribución equitativa de los recursos y un acceso oportuno a los servicios de salud necesarios para la población.

Además, se establecen obligaciones claras para las EPS, que incluyen la correcta presentación de información y el cumplimiento de las obligaciones contractuales con los proveedores de servicios de salud. La Superintendencia Nacional de Salud se encargará de verificar el cumplimiento de estas obligaciones y tomar medidas en caso de incumplimiento.

Hospitales y Clínicas insisten en adoptar medidas de giro directo

La Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), en su constante diálogo con el Gobierno nacional, ha insistido en la necesidad de adoptar medidas que aborden las condiciones actuales del sistema de salud. En este contexto, propuso un plan extraordinario de liquidez para las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), con el objetivo de garantizar su funcionamiento independientemente de las decisiones de reforma.

Una de las medidas propuestas y destacadas es el mecanismo del giro directo, el cual responde a la solicitud de la ACHC de equilibrar los flujos de recursos hacia las IPS, permitiéndoles cumplir con su misión de prestación de servicios de salud y con sus obligaciones laborales y administrativas. Según la ACHC, este giro directo es fundamental para asegurar la viabilidad de hospitales y clínicas, lo que a su vez garantiza la calidad en la atención de los servicios para los usuarios.

El ministro de Salud y Protección Social anunció un total de nueve disposiciones normativas, una de las cuales está en proceso de firma, dos ya han sido publicadas para comentarios y las restantes serán publicadas próximamente para recibir observaciones. Entre estas medidas, se destacan el giro directo, la territorialización, la movilidad, el manual tarifario, el Plan Nacional de Salud Rural, el Modelo de Salud, y la base territorial y habilitación de redes.

Nuevas facultades de la ADRES: implicaciones y perspectivas

El proyecto de decreto, en sus detalles, establece que los valores y porcentajes reconocidos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para los afiliados del régimen contributivo se determinarán conforme a la normativa vigente, teniendo en cuenta ciertas consideraciones. Es importante señalar que estas disposiciones no eximen a las EPS de sus actuales obligaciones de pago, siendo estas responsables de proporcionar información precisa y oportuna a la ADRES para la ordenación de los giros a los prestadores.

Además de estas disposiciones, el proyecto de decreto otorga nuevas facultades a la ADRES, incluyendo la creación, en colaboración con el Ministerio de Salud, de un instrumento para el seguimiento continuo de la oportunidad en el giro de recursos. Estas medidas se centran en la expedición de instrumentos que regulen las condiciones técnicas y operativas, así como en la implementación, seguimiento y sistema de información del giro directo de recursos a las EPS por concepto de UPC.

En cuanto a los riesgos y beneficios de este cambio, expertos en salud señalan que, si bien el pago por giro directo puede agilizar el flujo de recursos a las IPS, clínicas y hospitales, es fundamental mantener controles efectivos sobre las transacciones y facturas para evitar posibles irregularidades.

Aunque algunos consideran que esta medida representa un avance en el sistema de salud, otros destacan que no sustituye la necesidad de una reforma integral del sistema. Si bien el giro directo ya está en vigor para el régimen subsidiado desde 2011 y ha demostrado ser efectivo, su extensión al régimen contributivo plantea nuevos desafíos y oportunidades.

Catherine Juvinao, representante de la Alianza Verde, considera que esta medida, que busca que la ADRES desembolse directamente los recursos a proveedores e IPS, tiene aspectos positivos pero también plantea riesgos significativos. En primer lugar, destaca que varios congresistas solicitaron al Gobierno limitar la reforma a lo estrictamente necesario en términos legales, pero esta petición no fue atendida, resultando en un texto de reforma maximalista que finalmente naufragó.

La representante también señala que, si bien el giro directo es necesario para enfrentar problemas como el desvío de recursos por parte de algunas EPS, existe preocupación por la capacidad de la ADRES para gestionar esta responsabilidad. Ante la posibilidad de que la ADRES colapse, Juvinao advierte sobre los riesgos de ineficiencia, falta de pagos oportunos y potenciales casos de corrupción que podrían surgir.

En cuanto a las nuevas facultades otorgadas a la ADRES, Juvinao insiste en la importancia de fortalecer el gobierno corporativo de esta entidad, una solicitud que, según afirma, no fue incluida en el debate de la reforma a la salud. Por último, Juvinao expresa preocupación por el manual tarifario y el plan de salud rural propuestos, calificando el primero como una “pésima idea” y criticando la demora en la ejecución del segundo. Hace un llamado al Gobierno para que, en caso de llevar a cabo estas medidas, lo haga de manera efectiva y con la capacidad técnica necesaria.

¿Cuáles giros ha efectuado la ADRES?

La ADRES ha informado que entre marzo y la primera semana de abril del año 2024, se realizaron giros por presupuestos máximos por un monto total de más de $1.1 billones a diversas Entidades Promotoras de Salud (EPS), comprendiendo tanto el cierre financiero del año 2023 como los pagos iniciales correspondientes a los primeros meses del año en curso.

Según ADRES, estos giros comprenden tanto el cierre financiero del año 2023 como los pagos iniciales correspondientes a los primeros meses de 2024. De acuerdo con el comunicado oficial emitido en Bogotá D.C. el 4 de abril de 2024, los montos girados ascienden a $1 billón 144 mil millones, divididos en cerca de $539 mil millones destinados a ajustes del cierre del año anterior, y más de $605 mil millones dirigidos a los meses de enero y febrero del presente año.

Es importante destacar que los recursos fueron entregados a las EPS que expresaron su conformidad con las resoluciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, permitiendo al sistema reconocer los gastos relacionados con servicios de salud que no están cubiertos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).



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